Sentencia nº 00090 de Tribunal de Familia, de 12 de Enero de 2001

PonenteAna María Trejos Zamora
Fecha de Resolución12 de Enero de 2001
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia98-401175-0186-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de divorcio

ASUNTO:PROCESO ABREVIADO DE DIVORCIO

ACTOR:EDUARDO GAMBOA CECILIANO

DEMANDADA:ANAVITA ROBLES GAMBOA.-

VOTO N°90-01

TRIBUNAL DE FAMILIA.-

S.J., a las diez horas veinte minutos del doce de enerodel dos mil uno.-

Proceso Abreviado de Divorcio, establecido por EDUARDO GAMBOA CECILIANO, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Santa Cruz de León Cortés, cédula de identidad número 0-000-000contra ANAVITA ROBLES GAMBOA, mayor, casada, ama de casa, vecina de Santa Cruz de León Cortés, con cédula de identidad número 0-000-000mil ciento noventa y tres.-

RESULTANDO:

  1. Con base en la causal de separación de hecho de los cónyuges por más de tres años, el actor solicita se decrete en sentencia disuelto el vínculo matrimonial que lo une con la demandada. Que se ordene inscribir el divorcio en el Registro respectivo. Que en caso de oposición se condene a la demandada al pago de ambas costas. Afirma que no existen en la actualidad hijos menores de edad. Ni tampoco existen bienes adquiridos a título oneroso dentro del matrimonio. Afirma que hace cuatro años que él y su esposa están separados de hecho.-

  2. La demandada contesta afirmativamente los hechos de la demanda relacionados con la separación de hecho de los cónyuges. No así en los que tienen que ver con la no existencia de bienes gananciales. Afirma la demandada que existe un inmueble que aparece a nombre del hermano del actor pero que realmente es de éste y que sobre el mismo el actor construyó la casa donde habita, por lo que no es cierto que viva en casa propiedad de su hermano. También indica que en el último año el actor vendió un lote por el que percibió una gran suma de dinero y de lo cual pide que el actor le entregue la parte que le corresponde por ser un bien ganancial. Así mismo afirma que es propietario del vehículo placa 826728. Indica que no se opone a que se decrete la disolución de su matrimonio, pero pide que el actor le de el monto del valor de los bienes gananciales que le corresponde de acuerdo a la ley. Pide se le condene al pago de pensión alimentaria a su favor pues fue él quien hizo abandono voluntario y malicioso del hogar.-

  3. La Licenciada H.M.C., Juez del Juzgado Primero de Familia de San José, por sentencia de las diez horas del seis de noviembre del dos mil, resolvió: “POR TANTO: SE DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA Y EN CONSECUENCIA SE DECRETA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE UNE A EDUARDO GAMBOA CECILIANO Y ANAVITA ROBLES GAMBOA CON BASE EN LA CAUSAL DE SEPARACION DE...

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