Sentencia nº 01717 de Tribunal de Familia, de 24 de Noviembre de 2003

PonenteNo consta
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2003
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia03-400113-0216-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de investigación de paternidad

INTERNO: 1309-03 Voto N°1717-03 TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN JOSE. A las nueve horas con treinta minutos del veinticuatrode noviembre del año dos mil tres.Apelación por Inadmisión presentada por el promovente GERARDO ROJAS SOLANO, mayor, soltero, abogado, vecino de SanJosé, H. cuatro, cédula de identidad número 0-000-000dentro de Proceso de Investigación de Paternidad de M. M.G. contra GERARDO ROJAS SOLANO contrala resolución de las ocho horas con cuarenta minutos delveinticinco de agosto del año dos mil tres, tramitado en el Juzgado de Familia de Hatillo.

CONSIDERANDO:

I.-

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 586 del Código Procesal Civil, el recurso de apelación por inadmisión debe ajustarse a los requisitos formales previstos, bajo pena de rechazo de plano si no se cumple con esa formalidad. De manera que el escrito en donde se formule el mismo, debe necesariamente contener los siguientes requisitos: 1) Los datos generales del asunto que se requieran para su identificación. 2) La fecha en que fue presentado el recurso de apelación en primera instancia. 3) La fecha en que la resolución apelada quedó notificada a todas las partes. 4) La fecha en que quedó notificada a todas las partes la resolución que desestima la apelación. 5) La copia literal de la resolución que deniega el recurso, ya sea dentro del escrito o presentarse en forma separada, pero en ambos casos el recurrente deberá afirmar que el contenido de la misma es exacto (artículo 584 ibídem). Pero además, el numeral 583 establece que tal recurso deberá presentarse ante el superior correspondiente, y procederá contra las resoluciones que denieguen ilegalmente un recurso de apelación.-

II.-

El escrito de apelación por inadmisión presentado por el demandado G.R.S. cumple con todas las formalidades establecidas en el artículo 584 ibídem. Asimismo, se encuentra presentado en tiempo...

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