Sentencia nº 00141 de Tribunal de Familia, de 2 de Febrero de 2004

PonenteNidya Sánchez Boschini
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2004
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia00-400250-0385-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso especial de filiación

INTERNO: 1273-02

ASUNTO: PROCESO ESPECIAL DE FILIACION

DE: M.I.E.S.

CONTRA: G.R. ALVARADO

VOTO No. 141-04

TRIBUNAL DE FAMILIA.-

S.J., a las ocho horas treinta minutos del dosde febrero del dos mil cuatro.

Proceso ABREVIADO DECLARATIVO DE PATERNIDAD, establecido por M.I.E.S., mayor, soltera, nicaragüense, ama de casada, vecina de Liberia, Guanacaste, cédula de residencia número doscientos setenta- uno uno dos cero tres dos cuatro siete nueve tres uno, contra G.R.A., mayor, casado, funcionario bancario, costarricense, cédula número cinco-doscientos catorce-cero cuarenta y tres, vecino de Liberia, Guanacaste, B.S.M.. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia.-

RESULTANDO

  1. -

    Manifiesta la parte actora, que conoció al señor G.R.A., por medio de una prima del mismo, en el año de mil novecientos noventa, a partir de ese momento mantuvieron una relación amorosa, en la cual tuvieron también relaciones íntimas, saliendo embarazada a los pocos meses, siendo que también en ese período tuvo relaciones íntimas con el señor E.C.G., a quien demandó en Proceso de Investigación de Paternidad ante este Juzgado, siendo que la prueba de marcadores genéticos en dos oportunidades lo excluyó como posible padre de la menor G.P.E.S., declarándose sin lugar la demanda. Que en su oportunidad demandó al señor E.C.G. por cuanto creía que era el padre de la menor. Que para los años noventa y noventa y uno tuvo solo relaciones con el demandado y en una oportunidad con el señor G.C.G.; teniendo la niña gran parecido físico con el demandado.

  2. -

    La parte demandada fue debidamente notificada mediante acta de las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del siete de agosto, contestando la presente acción en los términos que constan en los folios 7, 8, 9 y 10.-

  3. -

    El Licenciado J.M.M., Juez del Juzgado de Familia de Liberia, por sentencia de las trece horas treinta minutos del cinco de julio del dos mil dos, resolvió: “POR TANTO: En razón de lo expuesto y artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil, SE DECLARA SIN LUGAR el presente PROCESO DECLARATIVO DE PATERNIDAD, establecido por M. I.E.S. contra G.R.A.. Son ambas costas del proceso a cargo de la accionante.”-

  4. -

    Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora, contra la referida sentencia. Esta sentencia se dicta dentro del plazo de Ley.-

    Redacta la Jueza SÁNCHEZBOSCHINI; y,

    CONSIDERANDO:

    I.-

    El Tribunal avala el elenco de hechos probados...

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