Sentencia nº 00660 de Tribunal de Familia, de 27 de Abril de 2004

PonenteNidya Sánchez Boschini
Fecha de Resolución27 de Abril de 2004
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia03-400071-0300-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoDeclaratoria de abandono

VOTO N°660-04

TRIBUNAL DE FAMILIA.- S.J., a las ocho horas veinte minutos del veintisiete de abril del dos mil cuatro

Proceso especial de declaratoria de abandono de menores y terminación de la patria potestad, establecido por M.S.R., mayor, casada, abogada, cédula número uno-ochocientos cincuenta y siete- novecientos cuarenta, vecina de Alajuela, contra SHEILAMORA QUIROS, mayor, soltera, de oficios del hogar, vecina de Alajuela, cédula número dos-quinientos uno-setecientos diez.- Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia.-

RESULTANDO

  1. -

    Con base en los hechos que expuso y disposiciones legales que citó, la parte actora solicita aque en sentencia se declare judicialmente en estado de abandono conf ines de adopción a los niños J.P.Y J.M.Q.por parte de su madre la señora S.M. Q., que se de en consecuencia la terminación de la patria potestad que ejerce la madre de los menores; que enc aso de oposición de las presentes diligencias, se condene a la parte que se oponga al pago de ambas costas de esta acción; que la sentencia que recaiga en este juicio, se anote el margen del asinto de inscripción del nacimiento de los niños; que los niños continúen depositados en el Patronato Nacional de la Infancia.

  2. -

    La demandada fue debidamente notificada de esta acción, a la cual le dio contestación en forma negativa y solicitó que se declare sin lugar la presente demanda, que se le permita estar nuevamente con sus hijos.

  3. -

    La Licenciada M.S.H., Jueza del Juzgado de Familia y Penal Juvenil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, por sentencia dictada a las once horas del diecisiete de octubre del dos mil tres, resolvió: “Se declara con lugar en todos sus extremos la demanda establecida por PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA DE ESTE CANTON EN CONTRA DE S.P.M.Q.. En consecuecia, procede declarar en estado de abandono a las personas menores de edad J.P.y J.A.ambos M.Q.y DAR POR TERMINADA a su madre biológica el ejercicio de la patria potestad sobre dichos menores y a su vez se declara su ADOPTABILIDAD. Se concede a la institución actora el depósito definitivo de los menores dichos. Procede resolver este asunto sin especial condenatoria en costas. Una vez firme esta resolución inscríbase al margen del nacimiento de los menores, en el Registro Civil, Provincia de Alajuela, al tomo SETECIENTOS UNO, página CIENTO CINCUENTA Y CINCO, asiento TRESCIENTOS DIEZ y al TOMO SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE, PAGINA CERO NOVENTA Y CINCO, ASIENTO CIENTO...

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