Sentencia nº 02018 de Tribunal de Familia, de 16 de Noviembre de 2004
Ponente | Ana María Picado Brenes |
Fecha de Resolución | 16 de Noviembre de 2004 |
Emisor | Tribunal de Familia |
Número de Referencia | 04-400275-0631-FA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso abreviado de divorcio |
VOTO2018-04
TRIBUNAL DE FAMILIA.-
S.J., a las once horas diez minutos del dieciséis de noviembre delaño dos mil cuatro.-
Proceso ABREVIADO DE DIVORCIO, establecido por C.D.C., mayor, casado, empleado judicial, con cédula número cinco-ciento noventa y nueve-setecientos ocho, vecino de Nicoya Guanacaste; contra M.I.G.G., mayor, casada, ama de casa, con cédula número cinco-doscientos setenta y nueve-cero noventa y tres, vecina Guápiles. Se ha tenido como parta al Patronato Nacional de la Infancia.-
RESULTANDO:
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El actor solicita que en sentencia se declare: 1) Disuelto el vínculo matrimonial por las causales de sevicia y adulterio. 2) Que el suscrito tiene derecho al cincuenta por ciento de los gananciales, o en su caso que la demandada esta obligada a pagar el cincuenta por ciento de las deudas que existen y que nacieron dentro del periodo de matrimonio. 3) Que la demandada tiene el deber de pagar pensión por los alimentos de nuestros hijos. 4) Que la guarda, crianza y educación de los hijos común corresponde al suscrito y la patria potestad será compartida. 5) Que se reparte los bienes gananciales obtenidos en el matrimonio, pero también se establezca la parte que cada uno debe pagar en las deudas contraídas y que están vigentes. 6) Que se condene a la demandada a pagar ambas costas de está acción.-
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La accionada fue debidamente notificada de manera personal y contestó la demanda de manera negativa y solicito que en sentencia se declare.- a) Que se disuelva el vínculo matrimonial por mutuo consentimiento.- b) Que la guarda, crianza y educación de nuestros hijos corresponda a la suscrita y que la patria potestad sea compartida por ambas partes.- c) Que se fije al actor pensión alimentaria a favor de nuestros hijos.- d) Que el menaje de la casa y otros artículos adquiridos durante nuestro matrimonio se mantengan al servicio de nuestros hijos.- e) Que se repartan en partes iguales los bienes gananciales adquiridos durante nuestro matrimonio.- f) Que se repartan en partes iguales la obligación de pagar las deudas adquiridas y que aún están vigentes.- g) Que se condene al demandante al pago de ambas costas; y a la vez interpone la excepción de falta de derecho.-
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El Licenciado J.D.B.R., Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, por sentencia de las dieciséis horas veintinueve minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil cuatro, resolvió: “POR TANTO: De...
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