Sentencia nº 00784 de Tribunal de Familia, de 22 de Junio de 2005

PonenteNo consta
Fecha de Resolución22 de Junio de 2005
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia04-000133-0187-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso especial de filiación

TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las ocho horas treinta minutos del veintidós de junio del dos mil cinco.-

Proceso especial de filiación establecido por H.F.V., mayor, soltera, estudiante, vecina de C.R., cédula número uno-mil doscientos sesenta y cuatro-cuatrocientos treintacontraJonathan N.G., mayor, soltero, desempleado, vecino de C.R., cédula número uno-mil veinte-seiscientos veinticinco.En apelación formulada porel demandado conoce este Tribunal de la resolución dictada a las quince horas del trece de diciembre del dos mil cuatro,por el Juzgado Segundo deFamilia de San José.

CONSIDERANDO

UNICO: El artículo 4 de la Ley de Paternidad Responsable, establece que el recurso de apelación en asuntos de filiación, deberá interponerse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la notificación a todas las partes, plazo que resulta improrrogable según lo dispuesto el artículo 143 del Código Procesal Civil.-

En el caso que nos ocupa, se tiene que el recurso de apelación interpuesto por la actora fue recibido en el Juzgado Segundo de Familia de este circuito judicial el día dieciocho de enero del dos mil...

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