Sentencia nº 01962 de Tribunal de Familia, de 5 de Diciembre de 2006

PonenteOscar Corrales Valverde
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2006
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia05-400449-0631-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario de divorcio

CONTRA D.B.J. Y OTRO.-

VOTO N 1962-06

TRIBUNAL DE FAMILIA.-

S.J., a las nueve horas cuarenta minutos del cinco dediciembre de dos mil seis.-

Proceso Ordinario de Divorcio y Nulidad de Donación de Bienes Inmuebles, incoado por L.A.A.C., mayor, casada, estudiante, con cédula número seis-trescientos veintidós-doscientos doce, vecina de Guápiles Centro; contra D.B.J.P., mayor, casado, ingeniero topógrafo, con cédula número uno-ochocientos noventa y siete-ciento noventa y tres, vecino de San Rafael de Desamparados; C.M.J.J., mayor, viudo, pensionado, con cédula número uno-doscientos veinticinco-quinientos trece, vecino de San Rafael de Desamparados.- Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia.-

RESULTANDO:

  1. -

    La parte actora presenta demanda para que en sentencia se DECLARE: a.- La disolución del vínculo que nos unes en matrimonio; b) Que la patria potestad sobre nuestro hijo corresponda a ambos padres y la guarda crianza y educación a la suscrita; c) Que se declara como bienes gananciales los bienes inmuebles inscritos en el Partido de Limón, matrícula número 102225-003-004, Partido de San José, matrícula número 136089-012 y se declara la nulidad de las donaciones realizadas ante el N.P.O.M.C. y presentadas al Registro Nacional bajo las citas 551-00629-001, volviendo a su estado anterior las donaciones realizadas. Así mismo una computadora de última generación con impresora marca E.C.-45. monitos de 17 pulgadas y un procesador marca ATHLON XP, una cámara digital marca F., Modelo Fine pix y un navegador de Sistema de Posicionamiento Global., realizándose el inventario respectivo; d) Se emita el mandamiento respectivo para el Registro Nacional, Registro de Bienes Inmuebles, para la anotación de la demanda en los inmuebles antes indicados; e) Que se solicite al Registro Nacional, certifique las presentaciones: Tomo: 545, Asiento; 04004 y Tomo: 518, Asiento: 11317, en los siguientes términos: fecha de otorgamiento de la escritura, causa adquisitiva, fecha de inscripción, vendedor, comprador o compradores. f) S. se aprueben los daños morales en la suma de Seis millones de colones netos; g) Se solicite a la Banca Estatal y Privada: Banco Nacional de Costa Rica, Banco de Costa Rica, Banco Crédito Agrícola de Cartago, Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Banco BAC SAN JOSÉ S.A., Banco Interfín S.A., Banco Banex S. A., Banco Promérica S. A., Banco BCT S. A., Banco Cathay de Costa Rica S. A., Banco...

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