Sentencia nº 00962 de Tribunal de Familia, de 21 de Mayo de 2008
Ponente | Nidya Sánchez Boschini |
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2008 |
Emisor | Tribunal de Familia |
Número de Referencia | 05-400053-0196-FA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Liquidación anticipada de bienes |
() Actor: ALBERTO PEREIRA GARRO
Lugar o medio: FAX N°2771-46-22
Lic.MIGUEL ÁNGEL LARIOS UGALDE
() Demandada:ANNIA SHIRLEY GAMBOA TENCIO
Lugar o medio: FAX N°2770-24-97-
Lic. J.M.S.
EXPEDIENTE N°05-400053-196-FAINTERNO N°1824-07-3
ASUNTO: ORDINARIO DE LIQUIDACIÓN ANTICIPADA DE BIENES GANANCIALES
ACTOR: ALBERTO PEREIRA GARRO
DEMANDADA: ANNIA SHIRLEY GAMBOA TENCIO
Voto N°962-08
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las nueve horas con cuarenta minutos del veintiuno de mayo del año dos mil ocho
Proceso ORDINARIO DE LIQUIDACIÓN ANTICIPADA DE BIENES GANANCIALES, establecido por A.P., mayor de edad, casado, agricultor, cédula de identidad número 0-000-000contra A.S.G.T., mayor de edad, casada, ama de casa, cédula de identidad número 0-000-000.
RESULTANDO:
I.-
La parte actora presenta demanda en contra de su cónyuge para que en sentencia se liquiden anticipadamente los bienes gananciales adquiridos por la accionada dentro del matrimonio, a saber la finca de ANNIASHIRLEY GAMBOA TENCIO, inscrita en el Registro Público de la Propiedad, matricula de Folio Real N°s 498982-000, de la provincia de San José y el menaje de casa que existe en la misma. Lo anterior por cuanto GAMBOA TENCIO lo abandonó en Estados Unidos, regresó sin avisarle a Costa Rica con sus hijos, y cuando él lo hizo, la descubrió con otro hombre, y finalmente le impide ingresar a su casa mediante un proceso de Violencia Doméstica que interpuso (Verfolios 40 a 48).=
II.-
La demandada debidamente notificada contestó la acción, advirtiendo que existen otro bienes gananciales que le actor no menciona: la finca F. real N°474756-000 de la Provincia de San José, que ALBERTO traspasó a su madre en la época del conflicto entre ellos. Así como treinta mil dólares que con el esfuerzo de ambos ahorraron en los Estados Unidos y que L.O. mantenía en su poder hasta que se los traspasó a la madre de ALBERTO, por ordenes de él. Opone las excepciones de Falta de Derecho, Falta de legitimación Activa y pasiva y Falta de Interés Actual, solicitando declarar con lugar la acción pero incluyendo la finca matrícula N°474756-000 y los Treinta mil dólares (Ver folios 89 a 96).-
III.-
A.S.G.T., contrademandó a A.P.G. solicitando la liquidación anticipada de los bienes gananciales adquiridos durante su permanencia en los Estados Unidos que mantenía L.O. en su poder y ahora se fueron trasladados a una cuenta a nombre de la madre del reconvenido, así como la finca reclamada por ALBERTO, inscrita en el Registro Público de la...
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