Sentencia nº 01557 de Tribunal de Familia, de 3 de Septiembre de 2008

PonenteDiego Benavides Santos
Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2008
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia07-000331-0673-NA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso sumario de declaratoria judicial de abandono

CÈDULA DE NOTIFICACIÒN

() Actor:LAUREANO ALBANRIVAS Y VIRGINIA PINEDA SOLIS.

Lugar o medio:FAXNUMERO:2233-44-28

Lic.SANDRA MURILLO M.

() Demandado:A.A.Á.Y.M.D. ÁNGELES PINEDA SOLIS

Lugar o medio: FAX NUMERO:2224-75-98

Lic.CARLOSQUESADA MONTERO

EXPEDIENTE DEL TRIBUNAL NUMERO:961-08 (07-000331-673-NA)-ASUNTO:DECLARATORIA JUDICIAL DE ABANDONO

DE:LAUREANO ALBANRIVAS Y VIRGINIA PINEDA SOLIS. -

CONTRA:A.A.Á. Y MELISSA DE LOS ÁNGELES PINEDA SOLIS.-

VOTO NUMERO:1557-08

TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN JOSÉ,al ser las quince horas del tres desetiembre deldos mil ocho.-

Proceso de declaratoria judicialde abandonoestablecido porLAUREANO ALBANRIVAS yVIRGINIA PINEDA SOLIS, ambos mayores, en unión libre, escritores, vecinos de San Pedro de Montes de Oca,cédulas númerotres-ciento cuarenta y ocho-cero treinta y nueve y seis-ciento cuarenta y cuatro-novecientos noventa y doscontra A.A.Á.,mayor, soltero,de oficio y domicilio desconocido, cédula uno-mil doscientos catorce-trescientos tres y MELISSA DE LOS ÁNGELES PINEDA SOLIS,mayor,soltera, de oficio y domicilio desconocido,cédula númerouno-mil trescientos veinticuatro-cuatrocientos ochenta y cuatro.Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia, y a los demandados se les nombra como curador procesal el Licenciado C.Q.M..

RESULTANDO:

  1. Losactores con base en los hechos y citas de derecho que invocaron ensu demanda, solicitan que en sentencia se declare:" a)El estado de abandono con fines deadopción de la menor xxxx , porpartede sus progenitores A.Á. y MELISSA PINEDA SOLIS.b)Terminada lapatria potestad de la menorxxxx en relación asus progenitores.c)Como medidaprevia y especial, solicita el depósito provisionalde la menor en los actores."

  2. El curador procesal de los demandados fue debidamente notificado de la presente acción la cual contestósegún los términos que rola del memorial visiblea folios 109 y 110.-

  3. ElLicenciadoJosé M.F.,juez deNiñez y Adolescenciadel Primer Circuito Judicialde San José,por sentencia dictada al ser lastrece horas del veintidós demayo deldos mil ocho, resolvió: "POR TANTO:Con fundamento en las razones dadas, la normativa citada y pronunciamientosde Tribunales Superioresy doctrina sugerida, se declara SIN LUGAR la presente demandade DECLARATORIAJUDICIAL DE ABANDONO interpuesta por S.M.M., en su condiciónde APODERADA ESPECIAL JUDICIAL de los señores LAUREANO ALBANRIVAS yVIRGINIA PINEDA SOLIS contra losdemandadosANDRÉS ALBERTOHERNÁNDEZ ÁLVAREZ y MELISSA DE LOS ÁNGELES PINEDA SOLIS, al menos en lo que es pretensiónprincipal, la declaratoria de abandonocon fines de adopción de la niñaxxxx , consecuentementeel tener por terminadala autoridad parental que ejercen sobre la menor sus progenitores.Sinembargo se ordena mantener a la menor citada en DEPÓSITOINDEFINIDO en el hogar de los señoresLAUREANO ALBANRIVAS yVIRGINIA PINEDA SOLIS,quienes serán los encargados de larepresentación, guarda, crianza y educaciónde la menor supra citadagarantizándole a la niña su formaciónintegral, como hasta ahora lo hanhecho.Para que haga valer sus derechos y se concrete la defensa afavor de la precitada menor, se extenderá certificacióna los depositariosde la presente sentencia, así como deberánapersonarse dentro del QUINTO DÍA ante estaautoridadpara aceptarel cargoconferido.Expídaseejecutoria para el Registro para que se anote el depósito almargen de las inscripcionesde nacimiento correspondiente de la menorxxxx al tomo mil novecientos cuarenta y ocho,página ciento cincuenta y dos, ASIENTO trescientos tres, del Registrode Nacimientos de la Provincia de San José.Lo fallado resulta sincondena en costas.Por tratarse de una demanda contra un ausente , publíquese mediante edictopor una sola vez en el Boletín Judicial, laparte dispositivade estasentencia con los datos generales paraidentificar el proceso.Así se resuelveal amparo de lo dispuesto por elartículo 263 del Código Procesal Civil, reformado mediante Ley número 7637, de 21 de octubre de 1996, publicada en la Gaceta No211, del 4 de noviembre de 1996.

  4. Conoce este Tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto por los actores contra la referida sentencia.Esta sentencia se dicta dentro del plazo de Ley.En los procedimientos se hanobservado las prescripciones correspondientes.

Redacta el juez B.S., y;

CONSIDERANDO:

I.-

En la sentencia que es objeto de esta instancia se declaró sin lugar la demanda...

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