Sentencia nº 00465 de Tribunal de Familia, de 17 de Marzo de 2009
Ponente | Olga Marta Muñoz González |
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2009 |
Emisor | Tribunal de Familia |
Número de Referencia | 07-001510-0364-FA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso abreviado de guarda, crianza y educación |
() ACTOR (A): ANDREA GARITA LEÓN
Lugar o medio:FAX N°22-61-51-48
()DEMANDADO (A): LUIS ALBERTO VARELA CAMPOS
Lugar o medio:FAX N°22-65-17-39
()PANI
Lugar o medio:N.S.
EXPEDIENTE N°07-001510-364-FAINTERNON°293-09-3
ASUNTO: GUARDA CRIANZA Y EDUCACIÓN
ACTOR (AANDREA GARITA LEÓN
DEMANDADO (A): LUIS ALBERTO VARELACAMPOS
VOTON° 465-09
TRIBUNAL DE FAMILIA.-
S.J., a las diez horas del diecisiete demarzo del dos milnueve.
Proceso GUARDA CRIANZA Y EDUCACIÓN establecido por A.G.L., mayor de edad, cédula de identidad número 0-000-000contra L.A.V.C., mayor de edad, cédula de identidad número 0-000-000. En apelación formulada porDEMANDADO, conoce este Tribunal de la resolución de las trece horas con cuarenta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil nueve, por el Juzgado de Familia de Heredia.
Redacta la JUEZA MUÑOZGONZÁLEZ:Y;
CONSIDERANDO:
-
La resolución de las trece horas con cuarenta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil siete, que confiere traslado al señor V.C. de la demanda de Guarda, C. y Educación interpuesta por la señora G.L., establece además y entre otras cosas, y como medida cautelar, en aras del interés superior del menor, otorgar la guarda, crianza y educación de los menores xxxx , todos hijos comunes de las partes a la señora A.G.L. madre de los mismos.
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Contra tal disposición de orden provisional, apela el recurrente V.C., padre de los niños, la objeta señalando que la madre y los progenitores de la misma, abuelos maternos de los menores agredena sus hijos y que ahora en adelante los mismos convivían juntos, al haber dejado la madre el otrora domicilio conyugal. Además que todos sus hijos son niños especiales y necesitan de una constante atención especial y que su esposa es portadora de una notable inmadurez emocional y cognoscitiva, que sus padres pretenden desconocer y que es incapaz de ejercer en forma adecuada su rol de tal. No es la voluntad de su esposa el establecimiento de este proceso, sino de sus suegros, como parte de una intromisión constante en el desarrollo de su relación...
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