Sentencia nº 01349 de Tribunal de Familia, de 6 de Octubre de 2010

PonenteRandall Esquivel Quirós
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2010
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia09-000585-0938-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario de divorcio

CÈDULA DE NOTIFICACIÒN

( ) Actor: E.

Lugar o medio: FAX NUMERO: 2666-51-61

Lic. S.Q.M.

( ) Demandado: J.

Lugar o medio: FAX NÚMERO: 2665-50-64

L.. M.R. ARAYA

EXPEDIENTE DEL TRIBUNAL NUMERO: 1130-10 09-000585-938-FA)

ASUNTO: ORDINARIO

DE: E.-

CONTRA: J.-

VOTO NUMERO: 1349-10

TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN JOSÉ, al ser las ocho horas diez minutos del seis de octubre del dos mil diez.-

Proceso ordinario establecido por E., mayor, divorciado, comerciante, vecino de […], cédula número […] contra J., mayor, casada, comerciante, vecina de […], cédula número […]. Funge como Apoderado Especial Judicial del actor el Licenciado S.Q.M..

RESULTANDO:

  1. El actor con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare: " a) Con lugar la presente demanda. b) Que las fincas folio real, matrícula número […] y número […], son bienes gananciales y por lo tanto le corresponde el 50% de su valor por cuanto fueron adquiridos por esfuerzo de ambos cuando estaban casados entre sí. c) Que la sentencia de este juicio se tenga como adhesión a la resolución de las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de febrero del año dos mil dos, expediente número […]-fa del proceso de divorcio por mutuo consentimiento. d) Que la deuda que carga el inmueble matrícula cero cero cero cuatro cero cuatro tres ocho-cero cero cero por hipoteca no le corresponde cargar con ella por ser obligación solo de la demandada. e) De oponerse la demandada se condene al pago de ambas costas de esta acción."

  2. La demandada fue debidamente notificada de la presente acción la cual contestó en forma negativa.-

  3. El Licenciado E.R.C., juez de Familia de Liberia, por sentencia dictada al ser las catorce horas diez minutos del veintidós de julio del dos mil diez, resolvió: "POR TANTO: Con base en lo expuesto, normas de derecho citadas y razones dadas, se falla: a) Se declara sin lugar en todos sus extremos la presente demanda ordinaria presentada por el señor E. en contra de la señora J.. b) Se condena al actor al pago de las costas personales y procesales causadas."

  4. Conoce este Tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto por el actor contra la referida sentencia. Esta sentencia se dicta dentro del plazo de Ley. En los procedimientos se han observado las prescripcionescorrespondientes.

Redacta el juez E.Q., y;

CONSIDERANDO:

PRIMERO

El Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, en sentencia de las catorce horas diez minutos del veintidós de Julio del año dos mil diez...

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