Sentencia nº 01223 de Tribunal de Familia, de 9 de Noviembre de 2011

PonenteOlga Marta Muñoz González
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2011
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia04-001489-0165-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de divorcio

EXPEDIENTE:

04-001489-0165-FA - 0 INTERNO 747-11-(3) FA

PROCESO:

DIVORCIO

ACTOR/A:

L

DEMANDADO/A:

H

VOTO NÚMERO 1223-2011

TRIBUNAL DE F.J., a las nueve horas y cincuenta y uno minutos del nueve de noviembre de dos mil once.-

PROCESO D.L., mayor de edad, casada pero separada judicialmente, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número […], en contra de H, mayor de edad, casado pero separado judicialmente, pensionado, portador de la cédula de identidad número [...].-

RESULTANDO:

  1. -

    La parte ejecutante solicita que en sentencia se declare que las casas existentes en el derecho a la tercera parte que le corresponde al demandado sobre la finca de su propiedad inscrita en el Registro Público al folio real partido de San José, matrícula […] y las cuales están arrendadas pertenecen al haber conyugal y por ende, bienes gananciales, que se me paguen o en su efecto se vendan una vez individualizadas y se me entregue la mitad de lo que me corresponde. Se cancelen ambas costas de esta acción, se me paguen los intereses que he dejado de percibir desde la firmeza de la sentencia de separación judicial, que se decrete embargo sobre el bien inmueble en el Registro Nacional al folio real de partido de San José, matrícula […] (ver escrito de demanda visible del folio 164 al 165).-

  2. -

    Que el ejecutado, debidamente notificado, contestó la demanda de ejecución y solicitó que se declare que los bienes muebles existentes no son bienes gananciales y por lo tanto no son objeto de esta ejecución de sentencia, que se declare sin lugar este proceso y que se condene a la actora al pago de las costas procesales de esta acción (ver escrito de contestación visible del folio 182 al 184).-

  3. -

    El Licenciado I.M.S., Juez(a) del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, por sentencia de las siete horas con treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil once, resolvió: "POR TANTO: Con base en lo expuesto se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Ejecución de Sentencia interpuesta por la L en contra de H y se declara: 1.-Se declaran como bienes gananciales las cinco casas de habitación construidas por el demandada durante la convivencia matrimonial, en el derecho […] del inmueble del partido de San José matrícula de folio real […]. 2.-Por tal concepto se otorga a la señora C el derecho de participación ganancial sobre el cincuenta por ciento del valor neto de dichas edificaciones. 3.-Se aprueba que el costo total de dichas casas de habitación...

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