Sentencia nº 00258 de Tribunal de Familia, Materia Violencia Doméstica, de 18 de Junio de 2012

PonenteAlberto Jiménez Mata
Fecha de Resolución18 de Junio de 2012
EmisorTribunal de Familia, Materia Violencia Doméstica
Número de Referencia12-000819-0650-VD
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoSolicitud de medidas de protección contra la violencia doméstica

Expediente:2012-000819-0650-VD(Interno 219-3-2012)

Asunto:Diligencias de Medidas de Protección de Violencia Doméstica

Promovente:K.

Accionado:R.

Voto # 258-2012

TRIBUNAL DE FAMILIA.San J., a las quince horas cuarenta y cuatro minutos del dieciocho de junio de dos mil doce.

Diligencias de Medidas de Protección por Violencia Doméstica interpuestas en el Juzgado de Violencia Doméstica de Cartago por K., […], contra R., […].-

RESULTANDO

Primero

En resolución del Juzgado de Violencia Doméstica de Cartago, emitida por la jueza Licenciada L.A.R.G., se ordenó mantener las medidas de protección que a favor de la señora K. se habían dictado en sentencia anticipada de las diez horas cincuenta y tres minutos del dos de abril de dos mil doce en contra de su esposo R., específicamente las medidas de los incisos a), j), k) y q) del artículo tercero de la Ley contra la Violencia Doméstica, medidas que vencen el nueve de abril de dos mil trece.-

Segundo

En virtud del recurso de apelación que contra esa resolución propone el señor A.P., conoce este Tribunal en segunda instancia.-

Tercero

En los procedimientos seguidos en esta instancia se han observado las formalidades y requerimientos legales y;

R. elJ.J.M.

CONSIDERANDO

I.-

Quién recurre menciona que no existe siquiera un mínimo probatorio acerca de los hechos que en su oportunidad la promovente había expresado como para generar una duda en los mismos; que con ello se violentan las reglas de la sana crítica y la objetividad en la valoración de la prueba, especialmente con el hecho surgido el día en que estaban comiendo pizza, lo que fue mal interpretado por la jueza en la sentencia; pues no fue un hecho de agresión, sino que le pidió a su hijo comerla para que no se quedara con hambre. menciona él que es una persona responsable, que hace todas las labores del hogar, prepara el almuerzo todos los días para su esposa y familia y que así se ratificó con la prueba. Dice que se desprende del fallo una victimización para la promovente en hechos que de ninguna forma pueden constituir agresiones.-

II.-

La Violencia Intrafamiliar se ha convertido en un tema de salud pública fundamental, ha pasado desde hace muchos años de un ámbito meramente privado de las relaciones familiares y de una discusión propia del seno familiar a ser un tema objeto de publicización y de intervención estatal a fin de proteger los valores y derechos mas fundamentales del ser humano, incluido dentro...

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