Sentencia nº 00017 de Tribunal de Trabajo, Sección I, de 15 de Enero de 1997

PonenteJorge Luis Solano Herrera
Fecha de Resolución15 de Enero de 1997
EmisorTribunal de Trabajo, Sección I
Número de Referencia93-000272-0213-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

Notificando:________________________________________________

Fueentregada a:____________________________________________

A las _________horas del ____________________ se hace saber:

N 0017.-

TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO. SECCION PRIMERA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE.- A las catorce horas cinco minutos del quince deenero de mil novecientos noventa y siete.-

Proceso Ordinario seguido ante el Juzgado Primero de Trabajo de San José, por R.M.V.V., mayor, casado y vecino de esta ciudad, contra El ESTADO, representado por la Licenciada G.S.H.. Figuró como Apoderado Especial Judicial del actor, el Licenciado M.A.B.V..-

R E S U L T A N D O:

  1. -

    Solicita el gestionante con base en los hechos que expone que se condene al Estado a pagarle la totalidad de aumentos anuales los que corren desde tres meses antes de la presentación del agotamiento de la vía administrativa, y hacia el futuro, además solicita que se le pague intereses sobre las sumas adeudadas y el pago de ambas costas de la presente acción.-

  2. -

    La representante del Estado contestó en los términos consignados en escrito de folios 10 y 11. Opuso las excepciones de falta de derecho. Solicitó que se rechazara la demanda con cargo en costas al actor.-

  3. -

    El a-quo, en sentencia de las trece horas del dos de setiembre de mil novecientos noventa y seis, resolvió el asunto así: "Lo expuesto, artículos 1, 402 inciso a) y 492 del Código de Trabajo, la presente demanda de R.M.V.V. contra EL ESTADO, representado por su PROCURADORA LICENCIADA G.S. H., se declara sin lugar en todos sus extremos. Para toda la acción se acoge la defensa de falta de derecho. Se resuelve el presenta asunto sin especial condenatoria en costas. sí esta Sentencia no fuere apelada, remítase en consulta ante el Tribunal Superior de Trabajo, sección que por turno corresponda. NOTIFIQUESE".-

  4. -

    Conoce esteTribunal de ese fallo en apelación interpuesta por la parte actora.-

    Redacta la Jueza Superior S.H.; y,

    C O N S I D E R A N D O:

    I- Por responder al mérito de los autos se aprueba la relación de hechos probados y no probados contenidos en la resolución de estudio.

    II- El apoderado del actor interpuso recurso de apelación contra la resolución de estudio, pero no hizo la respectiva exposición de agravios, por lo que de conformidad con artículo 502 del Código de Trabajo, el Tribunal ha procedido al análisis del fallo en cuestión, y en consideración a que el actor ha probado que presta servicios para la administración...

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