Sentencia nº 00817 de Tribunal de Trabajo, Sección I, de 13 de Agosto de 1997

PonenteRosa E. Blanco Matamoros
Fecha de Resolución13 de Agosto de 1997
EmisorTribunal de Trabajo, Sección I
Número de Referencia95-000005-0217-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario laboral

Notificando:________________________________________________

Fueentregada a:____________________________________________

A las _________horas del ____________________ se hace saber:

N 817.-

TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO. SECCION PRIMERA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE,a las diez horas del trece de agosto de mil novecientos noventa ysiete.-

Ordinario seguido ante el Juzgado de Trabajode Desamparados por J.F.A.Z., mayor, soltera, Secretaria, vecina de Desamparados contraLITOFRAFIAGARINO LIMITADA representada por M.G.H.,mayor, casado una vez,vecino de Curridabat.-

RESULTANDO:

  1. -

    Manifiesta la parte actora que se condene a la demandada al pago de preaviso, cesantía, salarios caídos, costas personales y procesales.-

  2. -

    La parte demandada contestó negativamente y opusó las excepciones de falta de derecho y prescripción, además solicita el pago de ambas costas.-

  3. -

    El Juzgado en resolución de las once horas veinte minutos del quince de abril de mil novecientos noventa y siete, resolvió: Se rechazan las excepciones de prescripción y falta de derecho. Se declara con lugar la demanda laboral interpuesta por J.F. A.Z. contra L.G. Limitada a quién se condena a cancelar a la actora por concepto de preaviso cincuenta y nueve mil trescientos veintiún colones, por concepto de cesantía ciento setenta y siete mil novecientos sesenta y trescolones, y por concepto de salarios caídos trescientos cincuenta y cinco mil novecientos veintiseis colones. Se condena a la parte vencida al pago de ambas costas fijándose las personales en un veinte por ciento del total de la condenatoria. De no ser apelada esta sentencia, consúltese con el Tribunal Superior de Trabajo, de San José,."

  4. -

    Conoce este Tribunal de esefallo en consulta.

    Redacta la J. Superior BLANCO MATAMOROS.

    CONSIDERANDO:

    I.-

    Se acoge el elenco de hechos probados del fallo en examen por responder al mérito de los autos; así como los tenidos por faltos de prueba por la misma razón.

    II.-

    La sentencia declara con lugar la demanda, resolviendo las costas a cargo del demandado. Este asunto viene en consulta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 501, inciso e), del Código de Trabajo...

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