Sentencia nº 00203 de Tribunal de Trabajo, Sección IV, de 4 de Mayo de 2004

PonenteOscar Milton Ugalde Miranda
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2004
EmisorTribunal de Trabajo, Sección IV
Número de Referencia92-000077-0215-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario laboral

Nº 0203. TRIBUNAL DE TRABAJO. SECCIÓN CUARTA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las dieciocho horas quince minutos del cuatro de mayo de dosmil cuatro.-

Ordinario seguido ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José por Sindicato Industrial de Trabajadores Electricos y de Telecomunicaciones Sociedad Anónima (SITET), representado por su Apoderado Especial Judicial, Licenciado F.B.C., mayor, casado, abogado, vecino de San Antonio de Belén contra Compañía Nacional de Fuerza y Luz representado por su Apoderado General Judicial, Licenciado R.A. A.M., mayor, casado, abogado, vecino de San José y contra F. M. de O.D., mayor, casado, vecino de San José. Figura como Apoderado Especial Judicial de la parte demandada el Licenciado A.G.V., mayor, casado, abogado, vecino de Sabanilla de Montes de Oca.-

RESULTANDO:

  1. -

    Solicita la parte actora se declare en sentencia: que la Compañía Nacional de Fuerza y Luz realizó el nombramiento del señor F.M. de O.D., siguiendo un procedimiento que resulta contrario a las normas convencionales sobre la forma en que deben llenarse las plazas vacantes, que en consecuencia debe dicha Compañía dejar sin efecto el nombramiento realizado y volver a sacar a concurso la plaza que ocupa el señor Montes de Oca, garantizando que todos los que participen en el nuevo concurso tendrán iguales oportunidades de salir electos. S. solicita que en caso de estimar que pese a la violación de la Convención Colectiva el nombramiento ya hecho debe mantenerse, se condene a la demandada al pago de daños y perjuicios en favor del Sindicato actor. Solicita además se le cancelen ambas costas de esta acción.-

  2. -

    El ente demandado contestó en forma negativa la acción, sin oponer excepciones. Solicita se condene a la parte actora al pago de ambas costas de esta acción.-

  3. -

    El codemandado contesta en forma negativa la demanda en escrito de folios 164 a 167, opone las excepciones de falta de personería, falta de causa, falta de derecho y prescripción. Solicita se rechaze la demanda en su contra, se condene al Sindicato actor al pago de ambas costas, daños y perjuicios.-

  4. -

    El A-quo en sentencia de las diez horas cuarenta y seis minutos del treinta y uno de enero de dos mil dos, resolvió el asunto así: Razones expuestas, normas citadas, artículos 492 y siguientes del Código de Trabajo, se declara en este proceso ordinario laboral incoada por el Sindicato Industrial de Trabajadores Eléctricos y de Telecomunicaciones (SITET), representado por el Licenciado Fernando Bolaños Céspedes contra la Compañía Nacional de Fuerza y Luz Sociedad Anónima, representada por el Licenciado L.R.Q.A. y F.M. de Oca Delgado, Fallo: Sin lugar la presente acción por su inadmisibilidad procesal. Se omite pronunciamiento sobre los extremos de la petitoria por innecesario y sobre las excepciones interpuestas por el co-demandado. Sin especial condenatoria en costas.-

  5. -

    Conoce este Tribunal de ese fallo en apelación que contra lasentencia de primera instancia interpone la parte actora.- Redacta el J.U.M.; y,

    CONSIDERANDO:

    I.-

    Se aprueba el pronunciamiento de hechos probados, que contiene la sentencia en estudio, por ser fiel reflejo del material probatorio incorporado al proceso.

    II.-

    La sentencia que conoce este Tribunal en alzada, fue recurrida por el Apoderado Especial Judicial del Sindicato demandante, quien formula los agravios contra dicho pronunciamiento en el escrito de folios 222 a 224, los...

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