Sentencia nº 00493 de Tribunal de Trabajo, Sección III, de 1 de Septiembre de 2004

PonenteLorena Esquivel Agüero
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2004
EmisorTribunal de Trabajo, Sección III
Número de Referencia01-001483-0166-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario laboral

Nº 0493. TRIBUNAL DE TRABAJO. SECCIÓN TERCERA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las ocho horas treinta minutos del primero de setiembre dedos mil cuatro.-

Ordinario seguido ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José por J.V.H.M., mayor, casada, secretaria, vecina de Limón contra Correos de Costa Rica Sociedad Anónimia representado por su Gerente General con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma, S.M.A., mayor, divorciada, abogada, vecina de San José. Figura como Apoderado Especial Judicial de la parte actora el Licenciado J.E. R.U., mayor, casado, abogado, vecino de San José y de la parte demandada el Licenciado H.A.Z., mayor, viudo, abogado, vecino de Heredia.-

RESULTANDO:

  1. -

    Solicita la parte actora se declare que el despido es incausado y sin indicación de motivos para este, que al ser incausado es con responsabilidad patronal. Se le cancele: el salario escolar, vacaciones, ambos de toda la relación laboral, diferencia salarial, preaviso, auxilio de cesantía, daños y perjuicios, intereses legales, sobre los rubros cobrados, a partir del 13 de febrero de 2001 y hasta el pago de los mismos y las costas de esta acción.-

  2. -

    El ente demandado contestó en forma negativa la acción, y opuso las excepciones de falta de derecho y sine actione agit. Solicita se acojan las defensas opuestas y se declare sin lugar la demanda en todos sus extremos.-

  3. -

    El A-quo en sentencia de las diez horas cuatro minutos del veintisiete de agosto de dos mil tres, resolvió el asunto así: Con fundamento en lo anteriormente expuesto y citas legales mencionadas, artículo 490 siguientes y concordantes del Código de Trabajo, se declara parcialmente con lugar la presente demanda ordinaria laboral presentada por J.V.H. M. contra Correos de Costa Rica Sociedad Anónima. Se condena a la sociedad accionada a cancelarle a la actora las sumas que a continuación se detallan: 1.-) Por concepto de diferencia salarial del mes de enero y trece días de febrero del dos mil uno, la suma de diecisiete mil quinientos setenta y cuatro colones con ochenta y dos céntimos. 2.-) Por concepto de vacaciones, la suma de treinta y nueve mil seiscientos seis colones con setenta y cinco céntimos. Sobre las sumas mencionadas, se condena a la sociedad demandada al pago de los intereses al tipo legal fijados para los Certificados a seis meses plazo en colones del Banco Nacional de Costa Rica, los cuales se otorgan a partir de la fecha del despido y...

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