Sentencia nº 00198 de Tribunal de Trabajo, Sección IV, de 27 de Mayo de 2005

PonenteOscar Milton Ugalde Miranda
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2005
EmisorTribunal de Trabajo, Sección IV
Número de Referencia03-000570-0166-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario laboral

Voto N° 198

TRIBUNAL DE TRABAJO SECCIÓN CUARTA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las dieciocho horas treinta minutos del veintisiete de mayo de dosmil cinco.-

Ordinario seguido ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José por Ordinario Laboral establecido por E.L.G., mayor, casado, Contador Público Autorizado, vecino de Llorente de Tibás, cédula de identidad número 0-000-000mil ciento ocho, O.M. S., mayor, casado, O., vecino de Barrio Los Angeles de San José, cédula de identidad número 0-000-000, R.S.H., mayor, casado, Licenciado en Administración de Negocios, vecino de Paso Ancho, cédula de identidad número 0-000-000dieciséis y L.F.B.P., mayor, casado, O., vecino de Moravia, cédula de identidad número 0-000-000contra Banco Central de Costa Rica, representado por su Gerente con facultades de Apoderado Generalísimo sin lìímite de suma, el señor R.G.R., mayor, casado, M. en Administración de Negocios, vecino de Curridabat. Figura como Apoderado Especial Judicial de la parte actora el Licenciado J.G.U.S., mayor, casado, Abogado y Notario y la Licenciada M.U.R., mayor, soltera, Abogada y Notaria.-

RESULTANDO:

  1. -

    Solicitan los actores se condene al ente demandado a: Primero: Que se les pague los salarios dejados de percibir con la eliminación del régimen de prohibición, o bien que se proceda a la indemnización correspondiente. Segundo: Que se recalcule el monto de sus prestaciones, tomando en cuenta los ajustes solicitados, incluyendo intereses desde la fecha de supresión de los derechos hasta la ejecutoria de sentencia, aportes a la Asociación Solidarista de Empleados del Banco Central de Costa Rica y demás beneficios relacionados. Tercero: Que se condene al Banco al pago de ambas costas de esta acción.

  2. -

    El ente demandado contestó en forma negativa la acción, y opuso las excepciones de prescripción, falta de derecho, falta de legitimación activa y pasiva, pago total y la genérica de sine actione agit. Solicita que en sentencia se denieguen las pretensiones deducidas por la parte actora en la presente acción judicial y se acojan las defensas interpuestas, condenando a la accionante al pago de las costas procesales y personales de esta acción. A folio 355 la accionada contesta la demanda en relación con el actor O. M.S., bajo los mismos términos en que contestó contra los coactores, salvo lo referente a la excepción genérica de sine actione agit.-

  3. -

    El A-quo en sentencia de las dieciséis horas tres minutos del veinticinco de noviembre de dos mil cuatro, resolvió el asunto así: De conformidad con lo expuesto, citas legales y jurisprudenciales invocadas, se declara prescrita la presente demanda laboral de E.L.G., O. M.S., R.S.H. y L.F.B.P. contra el Banco Central de Costa Rica. Se acoge la excepción de prescripción opuesta por el demandado. Por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR