Sentencia nº 00410 de Tribunal de Trabajo, Sección III, de 14 de Noviembre de 2005

PonenteEugenie Salas Chavarría
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2005
EmisorTribunal de Trabajo, Sección III
Número de Referencia02-300121-0217-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario laboral

N° 410.-

TRIBUNAL DE TRABAJO SECCIÓN TERCERA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembrede dos mil cinco.-

Ordinario seguido ante el Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados por J.D.M.M., mayor, soltero, oficial de seguridad, nicaragüense, vecino de Hatillo, contra Servicios de Vigilancia y Limpieza Privada Meba Sociedad Anónima, representada por su presidente y representante judicial y extrajudicial con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma el señor A.C.M.L., mayor, casado, investigador privado, vecino de S.P.. Figura como Apoderado Especial Judicial de la parte actora el Licenciado S.G.R.J., mayor, soltero, abogado, vecino de San Francisco de Dos Ríos.-

RESULTANDO:

  1. -

    Solicita la parte actora se condene al demandado a pagar los siguientes extremos: a) 1560 horas extra calculadas a razón de 4 horas diarias, por 65 semanas laboradas por el actor para la sociedad en jornada diurna; b) 2376 horas extra calculadas a razón de 6 horas diarias, por 66 semanas laboradas en jornada nocturna; c) un mes de preaviso, según el salario que realmente debió devengar el actor incluidas las horas extra reclamadas; d) tres meses de cesantía, calculada según el salario que realmente debió devengar el accionante, incluidas las horas extra reclamadas; e) dos semanas y seis días de vacaciones, calculadas según los mismos parámetros antes indicados; f) aguinaldo proporcional, calculado según los parámetros anteriores; g) salarios caídos desde el 8 de julio de 2002 hasta el efectivo pago de las prestaciones laborales de ley, de conformidad con el artículo 82, párrafo segundo, del Código de Trabajo, en virtud de ser inexistente la causal aducida para el despido del actor; h) y pago de ambas costas de la presente acción.-

  2. -

    La sociedad demandada por medio de su representante contestó en forma negativa la acción, y opuso las excepciones de falta de derecho, falta de capacidad o legitimación activa y pasiva, caducidad, prescripción y defectuosa representación. Solicita se rechace en sentencia todos los extremos incoados en su contra, acogiendo las excepciones interpuestas. Además solicita se condene al actor al pago de ambas costas del proceso.-

  3. -

    El A-quo en sentencia de las ocho horas del seis de noviembre de dos mil tres, resolvió el asunto así: "De conformidad con lo expuesto y artículos 155, 221, 317 y 338 del Código Procesal Civil, 1, 17, 18, 28, 29, 32, 81, 82, 153, 464...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR