Sentencia nº 00443 de Tribunal de Trabajo, Sección III, de 15 de Diciembre de 2005

PonenteLorena Esquivel Agüero
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2005
EmisorTribunal de Trabajo, Sección III
Número de Referencia03-002495-0166-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario laboral

Voto N° 443

TRIBUNAL DE TRABAJO SECCIÓN TERCERA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las ocho horas cinco minutos del quince de diciembre de dos milcinco.-

Ordinario seguido ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José por G.F.D., mayor, casado una vez, jefe de Oficina Postal, vecino de la Cruz Guanacaste contra Correos de Costa Rica S.A, representada por su Gerente General con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma S.M.A., mayor, soltera, abogada, vecina de San José.-

RESULTANDO:

  1. -

    Solicita la parte actora se declare: 1.- La demandada no puede aceptar como válida una renuncia obtenida por métodos intimidatorios, declarándose nula por esas razones. 2.- No debe aceptarse como válida la renuncia y en consecuencia, se debe ordenar mi reinstalación con el pago de salarios caídos desde el 1 de mayo de 2003, más sus intereses hasta el efectivo pago de los salarios caídos. 3.- Que en efecto de lo anterior, debe declararse que la renuncia del suscrito por haber sido dada con mecanismos de intimidación, en realidad reviste la forma de un despido encubierto, debiendo declararse que es con responsabilidad patronal y que la demandada debe pagarle al suscrito los extremos de auxilio de cesantía y preaviso. 4.- En todos los casos debe ordenarse el pago de extremos de vacaciones y aguinaldo proporcionales correspondientes. 5.- Que sobre todos los extremos que se conceda, deberá el ente demandado pagarle intereses legales desde el 1 de mayo de 2003 y 6.- Se condene a la entidad patronal al pago de las costas personales y procesales causadas.-

  2. -

    El ente demandado contestó en forma negativa la acción, y opuso las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación activa y pasiva, la genérica sine actiones agit, solicitó se condene al actor a pagar ambas costas de la presente acción.

  3. -

    La A-quo en sentencia de las diez horas tres minutos del veintiocho de setiembre de dos mil cinco resolvió el asunto así: "Razones dadas, legislación citada, artículo 490 concordantes y siguientes del Código de Trabajo. Fallo: Se declara parcialmente con lugar la anterior demanda ordinaria laboral incoada por G.F.D. contra Correos de Costa Rica. La excepción Genérica de Sine Actione Agit interpuesta por la accionada, comprensiva de la falta de derecho, se rechaza en lo concedido y se acoge en lo denegado; y las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva y falta de interés se rechazan. Se tiene como válida la...

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