Sentencia nº 00318 de Tribunal Primero Civil, de 7 de Abril de 2006

PonenteGerardo Parajeles Vindas
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2006
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia05-000751-0164-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las siete horas cincuenta minutos del siete de abril del año dos mil seis.

PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, bajo el expediente número 05-000751-164-CI. Incoado por K.G.M., casada una vez, arquitecta, cédula número cuatro- ciento cuarenta y cuatro- cuatrocientos diecisiete, vecina de San José, contra K.M.V.O., soltera, cédula número uno- novecientos dieciocho- trescientos doce, vecina de G.. Interviene además, como apoderada especial judicial de la parte actora, la licenciada M.I.A.P.

RESULTANDO:

  1. -

    El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las diez horas veinte minutos del veintiséis de setiembre del dos mil cinco, resolvió: “POR TANTO: Se acoge la Excepción de Prescripción opuesta. Se declara Sin Lugar la demanda ejecutiva de KATYA GARITA MATAMOROS contra K.M.V.O.. Se revocan la ejecución y los embragos despachados interlocutoriamente, los cuales deberán levantarse una vez firme la presente demanda. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas

  2. -

    En virtud de recurso de apelación interpuesto por la apoderada especial judicial de la actora, conoce este Tribunal del presente proceso.

  3. -

    En los procedimientos se han observado, los plazos y lasprescripciones de ley.

    Redacta el J.P.V., y;

    CONSIDERANDO:

    I.-

    Por ser fiel reflejo de lo que informan los autos, se aprueba el elenco de hechos probados que contiene la sentencia recurrida. No obstante, se agrega uno más para que se lea: d) la demandada hizo un último abono a la letra de cambio al cobro el 21 de noviembre de 2003, quedando un saldo de corte que coincide con el monto pagado por la actora como avalista (prueba documental de folios 49-51 no impugnada por la accionada).

    II.-

    Ejecutivo simple con base en una letra de cambio suscrita el 26 de enero de 2001 por la suma original de $ 3750 pagadera el 26 de marzo de ese mismo año. Como librada figura la demandada K.M. V.O. y la actora K.G.M. como avalista. El Banco Interfin aparece como acreedor, quien le subroga los derechos a la señora G.M. por haber cancelado la suma de ¢ 1.589.040,36. En su escrito de demanda, la actora reclama ese monto más los intereses legales al 17% anual del 11 de mayo al 15 de junio de 2005. La demandada contestó a folio 19 y no cuestionó el pago realizado por la su avalista. Simplemente se limitó a oponer la excepción de prescripción de capital e intereses, pues el...

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