Sentencia nº 00627 de Tribunal Primero Civil, de 28 de Junio de 2006

PonenteGerardo Parajeles Vindas
Fecha de Resolución28 de Junio de 2006
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia04-000932-0185-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las ocho horas veinte minutos del veintiocho de junio del año dos mil seis.

PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, bajo el expediente número 04-000932-185-CI.Incoado por Y.F., soltero, empresario, cédula de residencia número seis cuatro ocho- cero uno nueve ocho ocho uno cuatro- cero cero cero cero uno cinco cero, vecino de San José, contraFERNANDO CASTRILLO ARIASmayor, abogado, vecino de San José, cédula de identidad número 0-000-000

RESULTANDO:

  1. -

    El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de setiembre del dos mil cinco, resolvió: “POR TANTO: 1) Se admiten las siete preguntas que contiene el interrogatorio visible a folios 76 y, sobre las cuales se declara confeso en rebeldía al demandado F. C.A.. 2) En virtud de lo expuesto, citas de ley y jurisprudencia transcrita, se rechazan las excepciones de pago y pago parcial formuladas.Se declara SIN LUGAR la demanda ejecutiva interpuesta por YORAN FREIMANN contra F.C. ARIAS.Se revocan la ejecución despachada y se ordena el levantamiento de los embargos decretados.Son las costas personales y procesales a cargo de la parte actora vencida

  2. -

    En virtud de recurso de apelación interpuesto por el actor, conoce este Tribunal del presente proceso.

  3. -

    En los procedimientos se han observado, los plazos y lasprescripciones de ley.

    Redacta el J.P.V., y;

    CONSIDERANDO:

    I.-

    Se mantiene lo resuelto sobre confesión en rebeldía. Por ser fiel reflejo de lo que informan los autos, se aprueba el elenco de hechos probados que contiene la sentencia recurrida.

    II.-

    Ejecutivo simple con base en una letra de cambio, suscrita el 29 de octubre del año 2003 por $ 9000 pagaderos el 5 de enero de 2004 sin intereses. En el escrito de demanda se reclama la totalidad del principal. A folio 24 se opone el demandado, quien cuestiona la existencia de una suma líquida y exigible. Para ese efecto, alude a la relación causal del título. Sostiene, el accionado, que la letra de cambio se emitió para garantizar la inversión de un negocio con el aporte del actor de $ 1.500.No obstante, insiste el obligado,que no llevó a realizar y, por ese motivo, devolvió el dinero en su oportunidad. La causa subyacente se reconoce en el escrito de contraprueba de folio 35, ratificada por el propio ejecutante al declarar a folio 44. A pesar de la confesión ficta del demandado, en el fallo apelado se...

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