Sentencia nº 00143 de Tribunal de Trabajo, Sección III, de 29 de Marzo de 2007
Ponente | Lorena Esquivel Agüero |
Fecha de Resolución | 29 de Marzo de 2007 |
Emisor | Tribunal de Trabajo, Sección III |
Número de Referencia | 02-000082-0166-LA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ordinario laboral |
*020000820166LA*
EXPEDIENTE: 02-000082-0166-LA
PROCESO:ORDINARIO LABORAL
ACTOR: A.C.B.B.
DEMANDADO: MAYELA MORA ROBLES
VotoN° 143
TRIBUNAL DE TRABAJO. SECCIÓN TERCERA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las ocho horas y cuarenta minutos del veintinueve de marzo del año dos mil siete.-
Ordinario seguido ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José por A.C.B.B., mayor, soltera, vecina de M. de Plátano de Goicoechea, contra M.M.R., mayor, casada, Abogada y Notaria, vecina del C. de Guadalupe. Figura como Apoderado Especial Judicial de la parte actora el Licenciado F.A.P., mayor, Abogado y demás calidades ignoradas y de la demandada el Licenciado R.B.R., mayor, soltero, Abogado, vecino de San José.
RESULTANDO:
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Solicita la parte actora se condene a la demandada al pago de: preaviso, auxilio de cesantía, vacaciones del último año, aguinaldo proporcional, intereses, las incapacidades que corresponden a veintiún días y ambas costas de la presente acción.-
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La parte contraria contestó la acción en escrito visible a folio 14, posteriormente amplia su contestación en escrito adjunto a folios 29 a 33 y opuso la excepción de falta de derecho, pero dicha ampliación fue rechazada por extemporánea según explica la resolución de las once horas y diez minutos del siete de agosto del año dos mil dos, que corre agregada a folio 61.-
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El A-quo en sentencia de las diecisiete horas del treinta de junio del año dos mil seis, resolvió el asunto así: "De conformidad con lo expuesto, normativa citada, artículos 492 y siguientes del Código de Trabajo, fallo: se declara parcialmente con lugar la presente demanda ordinaria laboral establicida por A.C.B.B., quien es mayor de edad, soltera, con cédula de identidad número 0-000-000, vecina de M. de Plátano de Goicoechea contra M.M.R.. Se condena a la demandada a pagar a favor de la actora lo siguiente: por preaviso un mes por la suma de ¢70,684.79; por auxilio de cesantía la cantidad de ¢480,255.51; por vacaciones la suma de ¢34,172.53; por aguinaldo la suma de ¢65,696.75. Intereses: se condena a la demandad al pago de los intereses legales sobre las cantidades que debe pagar, a partir de la finalización de la relación laboral, por lo que el cálculo de intereses debe hacer a partir del veinticinco de abril del año dos mil tres y hasta su efectivo pago, al tipo legal establecido en el artículo 1163 del Código Civil y sus Reformas, los cuales se liquidarán en la etapa de ejecución de...
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