Sentencia nº 00055 de Tribunal de Trabajo, Sección III, de 1 de Febrero de 2008
Ponente | Lorena Esquivel Agüero |
Fecha de Resolución | 1 de Febrero de 2008 |
Emisor | Tribunal de Trabajo, Sección III |
Número de Referencia | 04-002841-0166-LA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ordinario laboral |
040028410166LA
EXPEDIENTE:04-002841-0166-LA
PROCESO: OR.S.PRI. PRESTAC. Y REINSTAL.
ACTOR: ROSA A.F.S.
DEMANDADO: ASOCIACIÓN EL BUEN PASTOR Y OTROS
Voto N° 55
TRIBUNAL DE TRABAJO SECCIÓN TERCERA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las siete horascincuenta minutos del primero de febrero del dos mil ocho .-
Ordinario seguido ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José por R.A.F.S., mayor, viuda, Enfermera, vecina de Barrio Escalante , contra Asociación El B.P., representada por su Presidenta y V. con facultades de Apoderadas Generalísimas sin límite de suma Sidey Fallas Leiva, mayor, soltera, religiosa, vecina de Guadalupe y C.M.R.U., mayor, soltera, Secretaria Bilingue, vecina de Guadalupe, respectivamente y contra éstas en su carácter personal .- Figura como Apoderada Especial Judicial de la parte actora la Licenciada I.M.M. , mayor, casada, Abogada y Notaria, vecina de San José y de la parte demandada el D.O. A.S. , mayor, casado, D. en Derecho, vecino de San Rafael de Escazú .-
RESULTANDO:
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Solicita la parte actora se condene al ente demandado a cancelar lo correspondiente a: preaviso, cesantía, vacaciones de toda la relación laboral, aguinaldo de los tres primeros períodos, diferencias salariales y salario en especie de toda la relación laboral, intereses y ambas costas de esta acción .-
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La codemandada R.U., en su condición personal y como representante de la Asociación El B. P. contestó en forma negativa la acción, y opuso las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación en causa activa y pasiva, falta de interés actual, compensación y prescripción.-
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Por su parte la codemandada Fallas Leiva, en escrito visible a folios 72 al 76 contesta; tanto en forma personal como de representante de la Asociación El B.P., en forma negativa la acción, y opone las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación en causa activa y pasiva, falta de interés actual, compensación y prescripción.-
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La A-quo en sentencia de las diez horas cincuenta y nueve minutos del nueve de octubre del dos mil siete, resolvió el asunto así: " De conformidad con lo expuesto y artículos 18 y 492 y siguientes del Código de Trabajo se resuelve: se declara parcialmente con lugar la demanda establecida por R.A.F.S. contra A. delB.P., representada por su V. C.M.R.U., condenándosele al pago de los siguientes extremos: por diferencias salariales de todo el período laborado (de junio de 1994 al 06 de setiembre del 2004) se fija la suma de un millon setecientos diecinueve mil cincuenta y nueve colones con setenta centimos (¢1.719.059,70); por un mes de preaviso se...
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