Sentencia nº 00204 de Tribunal de Trabajo, Sección IV, de 21 de Abril de 2008

PonenteAlvaro Moya Arias
Fecha de Resolución21 de Abril de 2008
EmisorTribunal de Trabajo, Sección IV
Número de Referencia02-001628-0166-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario laboral

020016280166LA

EXPEDIENTE:02-001628-0166-LA

PROCESO: OR.S.PRI. PRESTAC. Y REINSTAL.

ACTOR: AURELIO E.N.A.

DEMANDADO: COMANDO DE SEGURIDAD DELTA S.A

Voto N°204.-

TRIBUNAL DE TRABAJO SECCIÓN CUARTA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, alas diecinueve horas quince minutos del veintiuno de abril de dos mil ocho .-

Liquidación de sentencia seguida ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial, por Licenciado C.U. W., Apoderado Especial Judicial de la parte actora, en proceso de A.E.N.A., contra Comando de Seguridad Delta S.A.-

RESULTANDO:

  1. -

    Presenta liquidación de sentencia la parte actora en los términosconsignados en escrito de folio 138.-

  2. -

    Concedida la audiencia de Ley, la parte contraria no contestó.-

  3. -

    El Juzgado en sentencia de las diez horas once minutos del veintiuno de mayo de dos mil siete, resolvió: "Se rechaza la solicitud de liquidación de intereses planteada por el apoderado especial judicial del señor A.E.N.A. contra COMANDOS DE SEGURIDAD DELTA SOCIEDAD ANÓNIMA. Se falla sin condena en costas. Se advierte a las partes que esta sentencia admite el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Juzgado en el término de tres días. En ese mismo plazo y ante este órgano jurisdiccional también se deberán exponer, en forma verbal o escrita, los motivos de hecho o de derecho en que la parte recurrente apoya su inconformidad; bajo el apercibimiento de declarar inatendible el recurso (artículos 500 y 501 incisos c) y d) del Código de Trabajo; votos de la Sala Constitucional Números 5798 de las 16:21 horas del 11 de agosto de 1998 y 1306 de las 16:27 horas del 23 de febrero de 1999 y Voto de la Sala Segunda Número 386 de las 14:20 horas del 10 de diciembre de 1999). Notifíquese".-

  4. -

    Conoce este Tribunal de ese fallo en apelación interpuesta por la parte actora.-

    R.J.M.A.; y,

    CONSIDERANDO:

  5. -

    Se aprueba el pronunciamiento de hechos probados, que contiene la ejecución de sentencia en estudio, por ser fiel reflejo del material probatorio incorporado al proceso.

  6. -

    La resolución que conoce este Tribunal en alzada, fue recurrida únicamente, por el abogado C.U.W.W., en su calidad de apoderado del actor A.N.A., quien formuló los agravios contra dicho pronunciamiento en el escrito de folios 163 y 164. La inconformidad del recurrente, se centra en que no es procedente el rechazo de la liquidación de intereses, por la Juzgadora de instancia, debido a que la empresa demandada Comandos de Seguridad Delta, depositó...

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