Sentencia nº 00508 de Tribunal de Trabajo, Sección III, de 17 de Octubre de 2008
Ponente | Luis Fernando Salazar Alvarado |
Fecha de Resolución | 17 de Octubre de 2008 |
Emisor | Tribunal de Trabajo, Sección III |
Número de Referencia | 06-003162-0166-LA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ordinario laboral |
060031620166LA
EXPEDIENTE:06-003162-0166-LA
PROCESO: OR.S.PRI. PRESTAC. Y REINSTAL.
ACTOR:D.V.V.
DEMANDADO: TECNOPRO TRANSPORTES DE VALORES DE COSTA RICA S.A.
Voto N° 508
TRIBUNAL DE TRABAJO SECCIÓN TERCERA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las nueve horas treintay cinco minutos del diecisiete de octubre del año dos mil ocho .
Ordinario seguido ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José por D.V.V. , mayor, casado, contador, vecino de Cartago , contra Tecnopro Transportes de Valores de Costa Rica Sociedad Anónima , representado por su Apoderado General Judicial el señor J.V.C., mayor, casado, abogado, vecino de San José.
RESULTANDO:
-
-
Solicita la parte actora se declare con lugar la demanda y se condene al ente demandado a pagar: ¢1.418.177, que le adeuda de la liquidación laboral, más los intereses legales correspondientes hasta su efectiva cancelación; pago de 2078 horas extra laboradas más intereses moratorios desde su realización hasta el día de efectiva cancelación; pago de las cuotas patronales al fondo de Capitalización laboral, desde marzo del 2001 a marzo del 2003; diferencias sobre aguinaldos, vacaciones, cuotas de seguro social y fondo de capitalización laboral, dejadas de percibir por no pago de jornadas extraordinarias, más intereses desde el momento en que debieron ser cancelados hasta el efectivo pago; pago de daños y perjuicios más intereses legales correspondientes y el pago de ambas costas del proceso.
-
-
El ente demandado contestó en forma extemporánea la acción, y opuso la excepción de prescripción.
-
-
La A-quo en sentencia de las diez horas diez minutos del treinta de abril del año dos mil ocho, resolvió el asunto así: "Se declara CON LUGAR la demanda establecida por D.V.V. contra TECNOPRO TRANSPORTES DE VALORES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA. Se condena a la empresa demandada a pagarle al actor: por suma al descubierto dejada de cancelar por prestaciones laborales: un millón doscientos ochenta y dos mil cuatrocientos colones, más intereses legales a partir del trece de noviembre del dos mil seis hasta su efectivo pago; por horas extras laboradas durante toda la relación laboral: tres millones quinientos sesenta y ocho mil setecientos noventa colones con noventa céntimos, más intereses legales a partir del momento en que cada mes laborado en jornada extraordinaria se hizo exigible, sea, a partir del primer día del mes siguiente, hasta su efectivo pago; por diferencias dejadas de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba