Sentencia nº 00314 de Tribunal Primero Civil, de 22 de Abril de 2009
Ponente | Alvaro Hernández Aguilar |
Fecha de Resolución | 22 de Abril de 2009 |
Emisor | Tribunal Primero Civil |
Número de Referencia | 05-100514-0295-CI |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ejecutivo sumario |
TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-
S.J., a las ocho horas cinco minutos del veintidós de abril del año dos mil nueve.
PROCESO EJECUTIVO SUMARIO, establecido ante el Juzgado Sexto Civil Mayor Cuantía de San José, expediente número 05-100514-295-CI, por SAKATA CENTROAMERICANA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- cero setenta y tres mil seiscientos sesenta y uno, representada por su apoderado generalísimo R.A.B., mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, vecino de Alajuela, cédula de identidad número 0-000-000, contra AGROEXPORTADORA ORT SOCIEDAD ANONIMA, conocida como AGROINDUSTRIALES FTC SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos once mil seiscientos veinticinco, representada por su apoderado generalísimo M.F.T.B., mayor, cédula de identidad número 0-000-000. Intervienen además como apoderados especiales judiciales, de la parte actora los licenciados C.V.P. y R. Z.C. y, de la sociedad demandada, la licenciada P.V. La Fuente.
RESULTANDO
-
-
El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las trece horas treinta minutos del primero de julio del dos mil ocho, resolvió: “POR TANTO: Con base en lo expuesto y artículos citados, FALLO:1) Se rechazan las defensas de pago total de capital e intereses, prescripción de la obligación, falta de causa legítima y la genérica de sine actione agit. 2) Se acoge la demanda sumaria ejecutiva planteada por SAKATA CENTROAMERICANA SOCIEDAD ANÓNIMA contra AGRO EXPORTADORA ORT SOCIEDAD ANÓNIMA. Se confirman la ejecución y los embargos decretados en autos y se ordena que continúen los procedimientos hasta que la deudora le pague a la demandante la suma de CUARENTA MIL DÓLARES DE CAPITAL. Se rechaza la partida correspondiente a interes liquidados en la demanda. Son las costas de este proceso a cargo de la demandada.”.
-
-
En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, conoce este Tribunal del presente proceso.
-
-
En los procedimientos se ha observado, los plazos y las prescripciones de ley.
R. elJ.H.A., y;
CONSIDERANDO
I.-
Se aprueba la formulación de acontecimientos consignados como demostrados al corresponder a los medios de prueba que le brindan sustento. Comparte la Cámara ante ausencia de acreditación idónea los dos eventos citados como indemostrados.
II.-
Demanda ejecutiva de conocimiento sumario incoada por Sakata Centroamericana S.A contra A. E.O. S.A sustentada en letra de cambio por un monto de capital de cuarenta mil dólares. La causa de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba