Sentencia nº 01099 de Tribunal Primero Civil, de 1 de Diciembre de 2010

PonenteGerardo Parajeles Vindas
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2010
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia01-001642-0185-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

-Nº 1099-P-

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las trece horas cinco minutos del primero de diciembre de dos mil diez.

PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, expediente número 01-001642-185-CI, por CREDOMATIC DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, representada por su apoderado general C.A.J., contra A.M.B.

En virtud de recurso de apelación interpuesto por el demandado, conoce este Tribunal del auto de las quince horas quince minutos del siete de junio de dos mil diez, que en lo apelado, desestima incidente de nulidad de notificaciones.

R.J.P.V., y;

CONSIDERANDO

I.-

Se mantiene lo resuelto sobre prueba para mejor resolver. Por ser fiel reflejo de lo que informan los autos, se aprueba el elenco de hechos probados que contiene el auto recurrido. Por esa misma razón, se conservan los indemostrados.

II.-

Incidente de nulidad promovido por la parte demandada, visible a folio 56. Por esa vía, reclama la invalidez de la notificación de 04 de setiembre de 2002 de folio 21, realizada en su casa de habitación con el señor F.M. H.. Alega, el incidentista, la vivienda donde se le notificó la había desocupada desde el 30 de julio de 2002 en virtud del contrato de arrendamiento suscrito con el Poder Judicial. Señala, desde entonces reside en Mata de Plátano – El Carmen de Guadalupe – Urbanización Los Tejares lote 23. Para ese efecto, como única probanza, aporta el convenio aludido. En la resolución de primera instancia, el Juzgado desestima el incidente por falta de prueba idónea. Impone al vencido el pago de las costas procesales.

III.-

De ese pronunciamiento protesta el incidentista, quien cuestiona la omisión del juzgador de considerar la constancia de folio 09. Afirma, el notificador consignó que el accionado era localizable en el negocio H. o Herramientas Internacionales Sociedad Anónima, del cruce de Guadalupe - Moravia 300 metros al Este. Añade, la actora actúa en forma temeraria al reiterar que se le notifique en el mismo lugar, pues tenía conocimiento que había desocupado la vivienda por haberla alquilado al Poder Judicial. No lleva...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR