Sentencia nº 00217 de Tribunal de Trabajo, Sección III, de 13 de Mayo de 2011
Ponente | Luis Fernando Salazar Alvarado |
Fecha de Resolución | 13 de Mayo de 2011 |
Emisor | Tribunal de Trabajo, Sección III |
Número de Referencia | 03-003274-0166-LA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ordinario laboral |
Expediente:
03-003274-0166.La.
Proceso:
OrdinarioSector Privado. Presctaciones y R..
Actor:
FranciscoNoguera Fuerte.
Demandado:
IngenieríaCivil ICSA S.A. y otro.
N° 217. TRIBUNAL DE TRABAJO. SECCIÓN TERCERA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las nueve horas treinta y cinco minutos del trece demayo de dos mil once.-
Liquidación de sentencia seguida ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, por F.N.F. en proceso Ordinario Sector Privado. Prestaciones y R. contra IngenieriaCivil ICSA Sociedad Anónima y F.A.V.Z..-
RESULTANDO:
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Presenta liquidación de sentencia la parte actora en los términos consignados en escrito de folio 117 y 118.-
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Concedida la audiencia de Ley, la parte contraria contestó negativamente,en escrito de folio 121.-
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La A-quo en sentencia de las quince horas diez minutos del doce de abril de dos mil diez resolvió el asunto así: "SOBRE PROCEDIMIENTO: Se procederá a liquidar de conformidad con lo ordenado en sentencia firme es decir, se liquidara sobre el monto principal el cual es de UN MILLÓN NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO COLONES, y no sobre el monto que indica la parte actora, toda vez que incluye las costas, a la hora de liquidar intereses. Asimismo, se liquidara y se calcularán al tipo de interés que pague el Banco Nacional de Costa Rica, por los certificados de depósito a seis meses plazo en colones, y no como lo solicita el actor en un porcentaje de un 20 % anual. Tampoco se liquidara hasta la fecha que solicita el actor es decir 24 de enero del 2010, en vista que la sentencia firme indica que hasta fecha del efectivo pago, y esta fue en fecha 18 de diciembre del 2009.De conformidad con lo expuesto, citas de ley, artículos 582 siguientes y concordantes del Código de Trabajo, se IMPRUEBA la liquidaciòn de intereses presentada en JUICIO ORDINARIO LABORAL incoado por F.N. FUERTE, contra INGENIERIA CIVIL ICSA S. A, y contra F.A.V.Z., en los términos expuesto, en su lugar. Deberá la parte demandada pagar por los intereses legales sobre el capital de UN MILLÓN NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO COLONES, para el período comprendido del 24 de octubre del 2003, fecha de despido, a fecha 18 de diciembre del dos mil 2009, fecha del efectivo pago, de acuerdo con las tasas de interés de los certificados de depósito a seis meses plazo del Banco Nacional de Costa Rica,la suma UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO...
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