Sentencia nº 00430 de Tribunal Primero Civil, de 1 de Junio de 2011

PonenteGerardo Parajeles Vindas
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2011
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia09-100053-0216-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de ejecución de sentencia

-Nº430-3C-

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las siete horas treinta minutos del primero de junio de dosmil once.

PROCESO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA, establecido ante el Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Hatillo, expediente número 09-100053-216-CI, por E.A.V.A., mayor, soltero, chofer, vecino de San José, cédula de identidad número 0-000-000, X.M.M., mayor, soltera, administradora de mueblería, cédula de identidad número 0-000-000mil ciento treinta y uno- seiscientos cuatro, contra R.S.C., mayor, casado, licenciado en comercio internacional, vecino de Zapote, cédula de identidad número 0-000-000.

RESULTANDO

  1. -

    El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las dieciséis horas del tres de diciembre de dos mil diez, resolvió: “POR TANTO: En mérito de lo expuesto y artículos 5, 7, 98, 99, 155, 221, 317 y 693 y siguientes del Código Procesal Civil.- Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente Ejecución de Sentencia interpuesta por E.A.V.A. y X.M.M., contra R.A.S.C., en consecuencia, se condena al demandado al pago de lo siguiente: Por concepto de incapacidad laboral sufrida por V.A. en total ochenta y dos días deberá pagarle la suma de cuatrocientos cuarenta y ocho mil setecientos cuatro colones (448.704,00) y a la señora M.M. por un período de noventa y dos días le corresponde la suma de quinientos tres mil cuatrocientos veinticuatro colones (503.424,00).- Por costas personales del proceso de tránsito se aprueba a favor de V.A. la suma de veinticinco mil colones.- INTERESES LEGALES: Sobre las sumas aprobadas se condena al demandado al pago de intereses legales al tipo establecido por el Banco Nacional de Costa Rica para los certificados de depósito a seis meses plazo, a partir de la firmeza de la presente sentencia y hasta el efectivo pago.- Se declaran sin lugar las partidas que se liquidan por reparación (mano de obra y repuestos) del vehículo placas MOT 161891, el costo de los cascos para motocicleta, el costo de revisión técnica y el derecho de circulación del indicado vehículo del año 2008, e intereses sobre esos rubros y el costo de una operación quirúrgica en la rodilla derecha a practicársele al ejecutante V.A.. Se condena a la parte demandada al pago de ambas costas de la presente ejecución de sentencia. NOTIFÍQUESE.

  2. -

    En virtud de recurso de apelación interpuesto por los actores, conoce este Tribunal del presente proceso.

  3. -

    En los procedimientos se ha observado, los plazos y las prescripciones de ley.

    R.J.P.V., y;

    CONSIDE...

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