Sentencia nº 00036 de Tribunal Primero Civil, de 20 de Enero de 2012

PonenteAlvaro Hernández Aguilar
Fecha de Resolución20 de Enero de 2012
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia11-100005-1197-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso monitorio

-Nº36-4C-

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL. S.J., a las siete horascincuenta minutos del veinte de enero de dos mil doce.

PROCESO MONITORIO, establecido ante el Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puriscal, expediente número 11-1000051-197-CI, por INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS, representada por su apoderada general judicial licenciada J.O.R., quien confirió poder especial judicial a la licenciada A.E.M.M., contra T. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA […], representada por su apoderado generalísimo E.

En virtud de recursos de apelación interpuestos por la demandada, conoce este Tribunal del auto de las once horasdel dieciocho de agosto de dos mil once, que rechazó incidente de nulidad.

R.J.H.A., y;

CONSIDERANDO

La resolución apelada -11 horas del 18 de agosto del año 2011- dictaminó el rechazo de incidente de nulidad invocado por el representante legal de la sociedad demandada -T. Sociedad de Responsabilidad Limitada-. La desestimación del incidente obedeció a que las causas o motivos alegados -previamente- fueron conocidas y resueltas en firme en resolución anterior. Aclaró además el juzgador de instancia que en la primera gestión de nulidad y apersonamiento de la parte demandada al no haber señalado para notificaciones, lo dictaminado al respecto adquirió firmeza. En la formulación de la apelación se insiste nuevamente en atribuir anomalías y cuestionamiento a la notificación del auto intimatorio del presente proceso de cobro y no se cuestiona de manera concreta y directa los motivos anteriormente descritos que fundan la resolución apelada. Bajo este panorama, se impone mantener...

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