Sentencia nº 00434 de Tribunal de Trabajo, Sección I, de 31 de Octubre de 2012

PonenteEugenie Salas Chavarría
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2012
EmisorTribunal de Trabajo, Sección I
Número de Referencia09-000621-0166-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoOrdinario sector público empleo público

*090006210166LA*

Expediente:

09-000621-0166-LA

Proceso:

Ordinario Sector Público (Despido). Prestaciones yReinstalación

Actor:

J.G.D.D.

Demandado:

El Estado

SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA

N° 434. TRIBUNAL DE TRABAJO SECCIÓN PRIMERA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las diez horas veinticinco minutos del treinta y uno de octubre de dos mil doce.-

Ordinario seguido ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José por J.G.D.D., mayor, casado, agente de seguridad, vecino de San José contra El Estado representado por su Procuradora Adjunta, Licenciada L.R.B., mayor, casada, abogada, vecina de San José.

RESULTANDO:

  1. -

    Solicita la parte actora se condene al ente demandado a lo siguiente: a) Que el despido surge cuando se encuentra en una situación mental anormal, porque estaba en plena crisis depresiva, lo que provoco que se intentara suicidar. b) Que el patrono debió actuar con responsabilidad social y procurar que se le diera una adecuada atención. c) Que se declare nulo el despido, por cuanto él no tiene capacidad cognoscitiva ni volitiva normal al momento de los hechos. d) Que se ordene la reinstalación en el puesto en las mismas condiciones que tenia al momento de ser cesado. e) El reconocimiento de salarios caídos desde el despido y hasta la reinstalación real y efectiva; así como los pluses propios del puesto que ostentaba, reconociéndole el pago de anualidades, aumentos por costo de vida, salario escolar, intereses e indexación, todo desde el momento de su despido y hasta su reinstalación. Como pretensión subsidiaria, solicita: 1.) Que se declare que el despido fue injusto y con responsabilidad patronal, y por ende se le debe de reconocer: preaviso, cesantía, intereses. indexación, todos desde el momento en que fue despedido y hasta la fecha de su efectivo pago y ambas costas del proceso

  2. -

    El ente demandado contestó en forma negativa la acción, y opuso la excepción de falta de derecho, pide se acoja dicha defensa. Solicita se declare sin lugar la demanda en todos sus extremos y se condene al actor al pago de ambas costas de la acción.-

  3. -

    El A-quo en sentencia de las diez horas treinta y cinco minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil diez, resolvió el asunto así: "De conformidad con lo expuesto, artículos491 al 494, del Código de Trabajo, jurisprudencia citada, se declara con lugar la excepción de falta de derecho, interpuesta por la representación Estatal.- En consecuencia SE DECLARA SIN LUGAR LA...

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