Sentencia nº 00601 de Tribunal Primero Civil, de 14 de Junio de 1995
Ponente | Gerardo Rojas Schmit |
Fecha de Resolución | 14 de Junio de 1995 |
Emisor | Tribunal Primero Civil |
Número de Referencia | 95-000601-0009-CI |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ejecutivo simple |
TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO CIVIL.-
S.J., a las ocho horas con cinco minutos del catorce de junio de mil novecientos noventa y cinco.
PROCESO SUMARIO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Sexto Civil de San José, bajo el expediente número 474-93. Incoado por TARJETAS INTERCARD SOCIEDAD ANONIMA, representada por A.E.C.S. , quien cedió a R.Z.O. contra C.M.S.J., mayor, vecinode Tibás, cédula número 1-399-553.
RESULTANDO:
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El señor Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las catorce horas del veintinueve de setiembre del año próximo pasado, resolvió: "POR TANTO: Con base en lo expuesto y citas de derecho FALLO: 1. Se rechazan las excepciones de pago, así como la falta de legitimación activa y pasiva y falta de derecho. 4. Se confirma el auto que despachó ejecución y decretó embargos, disponiendo que se contienúen los procedimientos hasta que el demandado C.M.S. J., le haya hecho pago al actor R.Z.O. la suma de CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA COLONES DE CAPITAL más los intereses moratorios, generados desde el veintitrés de junio del año en curso, fecha en la cual el accionado hizo un abono a su cuenta, calculados al dos punto cincuenta por ciento mensual, hasta su efectivo pago, así como las costas procesales y personales de esta acción. NOTIFIQUESE. ".-
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En virtud de recurso de apelación interpuesto por el demandado en contra de la referida sentencia, conoce este Tribunal del presente proceso.
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En los procedimientos sehan observado, los plazos y las prescripciones de ley.
Redacta el señor J. Superior RojasSchmit; y,
CONSIDERANDO:
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Se acogen los hechos que el A quo enumeró como probados, por ser todos ellos fiel reflejo de lo que informan los autos.-
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El demandado apelante, se limitó a apelar la sentencia de primera instancia sin indicar agravios. Esa sentencia rechaza las excepciones que él planteó de pago, falta de legitimación activa y pasiva y falta de derecho, confirma la ejecución y embargos, y lo obliga a pagar al actor cesionario, el capital reclamado, más intereses moratorios y las costas procesales y personales. Para ello, la señora Jueza sostuvo que no podía examinar la relación subyacente que originó el documento al cobro porque fue endosado por Comercial International Bank a Tarjetas Intercard S.A.- Analizados por el Tribunal, tanto el documento al cobro -letra de cambio- como los demás documentos aportados a los autos, se evidencia, como bien lo tuvo por probado el A quo, que la...
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