Sentencia nº 00910 de Tribunal Primero Civil, de 22 de Julio de 1998
Ponente | Gerardo Rojas Schmit |
Fecha de Resolución | 22 de Julio de 1998 |
Emisor | Tribunal Primero Civil |
Número de Referencia | 98-000910-0009-CI |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Competencia desleal |
TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-
S.J., a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del veintidós de julio de mil novecientos noventa y ocho.
PROCESO SUMARIO DE COMPETENCIA DESLEAL, establecido ante el Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, bajo el expediente número 1589-95. Incoado por COMPAÑIA ENLATADORA NACIONAL SOCIEDAD ANONIMA representada por su apoderado generalísimo G.H.S., mayor, casado, industrial, cédula de identidad número 0-000-000, quien confirió poder especial judicial a la licenciada F.R.R., contra MONTE ROJO SOCIEDAD ANONIMA representada por su apoderado generalísimo G. conocido como J.T.B. T., mayor, casado, empresario, cédula de residencia número 165-77346-7838, quien confirió poder especial judicial a la licenciada A.C.S. A., PROCESADORA DE ATUN DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA representada por su apoderado generalísimo H.N.V., mayor, divorciado, empresario, vecino de H., cédula de identidad número 0-000-000, quien confirió poder especial judicial al licenciado A. F.M., MALACA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA representada por su apoderado generalísimo M.G.F., mayor, divorciado, contador, cédula de identidad número 0-000-000, quien confirió poder especial judicial al licenciado A.F.M., y MERCADEO UNIDO SOCIEDAD ANONIMA representada por su apoderado generalísimo F.S.C., mayor, casado una vez, administrador de empresas, ciudadano salvadoreño, cédula de residencia número 220-126247-6611, vecino de San José, Los Laureles, Escazú, y por sus apoderados especiales judiciales licenciados C.A.Q.L., A.L.W. y J.L.L..
RESULTANDO:
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El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las dieciséis horas del veintiocho de agosto de mil novecientos noventa y siete, resolvió: "POR TANTO:Se rechazan las excepciones de falta de derecho, de capacidad activa y pasiva, prescripción y genérica sine actione agit, opuestas por las demandadas. Unicamente se acoge la excepción de falta de derecho y capacidad pasiva en cuanto PROCESADORA DE ATUN DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA.- Consecuentemente se declara con lugar, la presente demanda establecida COMPAÑIA ENLATADORA NACIONAL SOCIEDAD ANONIMA contra MONTE ROJO SOCIEDAD ANONIMA; PROCESADORA DE ATUN DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA; MALACA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA, MERCADEO UNIDO SOCIEDAD ANONIMA, acogiéndose la misma en los aspectos que específicamente se indiquen a continuación, entendiéndose expresamente denegados aquellos que no se contemplen: a) Que las etiquetas del producto ATUN MARINA...
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