Sentencia nº 00910 de Tribunal Primero Civil, de 22 de Julio de 1998

PonenteGerardo Rojas Schmit
Fecha de Resolución22 de Julio de 1998
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia98-000910-0009-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoCompetencia desleal

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del veintidós de julio de mil novecientos noventa y ocho.

PROCESO SUMARIO DE COMPETENCIA DESLEAL, establecido ante el Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, bajo el expediente número 1589-95. Incoado por COMPAÑIA ENLATADORA NACIONAL SOCIEDAD ANONIMA representada por su apoderado generalísimo G.H.S., mayor, casado, industrial, cédula de identidad número 0-000-000, quien confirió poder especial judicial a la licenciada F.R.R., contra MONTE ROJO SOCIEDAD ANONIMA representada por su apoderado generalísimo G. conocido como J.T.B. T., mayor, casado, empresario, cédula de residencia número 165-77346-7838, quien confirió poder especial judicial a la licenciada A.C.S. A., PROCESADORA DE ATUN DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA representada por su apoderado generalísimo H.N.V., mayor, divorciado, empresario, vecino de H., cédula de identidad número 0-000-000, quien confirió poder especial judicial al licenciado A. F.M., MALACA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA representada por su apoderado generalísimo M.G.F., mayor, divorciado, contador, cédula de identidad número 0-000-000, quien confirió poder especial judicial al licenciado A.F.M., y MERCADEO UNIDO SOCIEDAD ANONIMA representada por su apoderado generalísimo F.S.C., mayor, casado una vez, administrador de empresas, ciudadano salvadoreño, cédula de residencia número 220-126247-6611, vecino de San José, Los Laureles, Escazú, y por sus apoderados especiales judiciales licenciados C.A.Q.L., A.L.W. y J.L.L..

RESULTANDO:

  1. -

    El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las dieciséis horas del veintiocho de agosto de mil novecientos noventa y siete, resolvió: "POR TANTO:Se rechazan las excepciones de falta de derecho, de capacidad activa y pasiva, prescripción y genérica sine actione agit, opuestas por las demandadas. Unicamente se acoge la excepción de falta de derecho y capacidad pasiva en cuanto PROCESADORA DE ATUN DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA.- Consecuentemente se declara con lugar, la presente demanda establecida COMPAÑIA ENLATADORA NACIONAL SOCIEDAD ANONIMA contra MONTE ROJO SOCIEDAD ANONIMA; PROCESADORA DE ATUN DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA; MALACA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA, MERCADEO UNIDO SOCIEDAD ANONIMA, acogiéndose la misma en los aspectos que específicamente se indiquen a continuación, entendiéndose expresamente denegados aquellos que no se contemplen: a) Que las etiquetas del producto ATUN MARINA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR