Sentencia nº 00769 de Tribunal Primero Civil, de 9 de Junio de 1999

PonenteOlman Arguedas Salazar
Fecha de Resolución 9 de Junio de 1999
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia97-001277-0184-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las nuevehoras cuarenta minutos del nueve de junio de mil novecientos noventa y nueve.

PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, bajo el expediente número 97-001277-184-CI. Incoado por PROCARD DE COSTA RICA S.A., representada por su apoderado general judicial licenciado C.V.K., contra L.G.G..

En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, conoce este Tribunal del auto de las nueve horas veinte minutos del veintinueve de agosto de mil novecientos noventa y siete, que da curso a la demanda.

R. elJ.A.S.; y,

CONSIDERANDO:

Lleva razón el recurrente porque la letra de cambio aportada con la demanda como fundante de ésta tiene la leyenda Visa-Premia. De ello no cabe duda, pues en la letra consta el número de la tarjeta de crédito: 4912-9801-1700-9045. En casos como el presente este Tribunalha dispuesto la negativa al curso de la demanda, pues en realidad en estas circunstancias la letra de cambio no representa una deuda en cantidad determinada. Esa labor debe realizarse por un Contador Público Autorizado de acuerdo con la reforma que le ha hecho al artículo 611 del Código de Comercio. Se trata en este caso de...

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