Sentencia nº 01534 de Tribunal Primero Civil, de 10 de Noviembre de 1999

PonenteFrank Araya Knudsen
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 1999
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia97-001284-0180-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo prendario

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las ochohoras veinte minutos del diez de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

PROCESO EJECUTIVO PRENDARIO, establecido ante el Juzgado Primero Civil de Mayor Cuantía de San José, bajo el expediente número 97-001284-180-CI. Incoado por BANCO INTERFIN S.A., representada por su apoderado generalísimo E.M.V., quien otorgó poder especial judicial al licenciado F.R.L., contra CARNES EXPRESAS DE SAN JOSE S.A., representada por su apoderado generalísimo C.E.C.S., PROSIMPORT S.A., representada por sus apoderados generalísimos A.J.S.M. y S.L. C.G., K.C.C. y SCARLINY CARMONACASTRILLO.

En virtud de recurso de apelación interpuesto por el apoderado de Carnes Expresas, conoce este Tribunal del auto de las trece horas treinta minutos del treinta y uno de agosto de mil novecientos noventa y ocho, que da curso a la demanda.

R. elJ.A.K.; y,

CONSIDERANDO:

I).-

Al recurrir de la resolución de primera instancia, y en la cual se le da curso al presente proceso ejecutivo hipotecario, el apoderado de la codemandada Carnes Expresas de San José Sociedad Anónima señala, que se le está dejando una notificación sobre algo que no tiene nada que ver, ya que desde hace varios años que renunció a la personería de la demandada, por lo que solicita se deje sin efecto el auto que traslada la demanda por ser contrario a derecho.-

II).-

Tal y como lo señala claramente el artículo 317 del Código Procesal Civil en su inciso segundo, la carga de la prueba...

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