Sentencia nº 01433 de Tribunal Primero Civil, de 28 de Noviembre de 2001
Ponente | Gerardo Parajeles Vindas |
Fecha de Resolución | 28 de Noviembre de 2001 |
Emisor | Tribunal Primero Civil |
Número de Referencia | 99-000146-0183-CI |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ejecutivo simple |
TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-
S.J., a las siete horas cincuenta y cinco minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil uno.
PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, bajo el expediente número 99-000146-0183-CI.Incoado por S.M. S.A.representada por sus apoderados generales judiciales C.A.V.K., mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula de identidad número 0-000-000A.S.R., mayor, soltero, abogado, vecino de San José, cédula de identidad número 0-000-000, contraERNESTO O.M., cédula de identidad número 0-000-000
RESULTANDO:
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El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las once horas quince minutos del veintitrés de febrero del año dos mil uno, resolvió: “POR TANTO: Conforme lo expuesto y artículos citados, se rechazan las excepciones de inejecutividad de título, pago, falta de derecho, falta de legitimación ad causam activa y pasiva, la genérica de sine actione agit.Se acoge la excepción de prescripción de intereses, declarándose prescritos los intereses anteriores al trece de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, inclusive; la de caducidad del título quedó rechazada en lo interlocutorio.-Se declara CON LUGAR el presente proceso EJECUTIVO SIMPLE establecido por SERVIMAS MAXIMA S.A. contra E.O.M.; se confirma la ejecución despachada y los embargos recaídos en autos; continúese los procedimientos hasta que el demandado haga efectivo pago a favor de la actora, la suma de SETECIENTOS VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO COLONES CUARENTA CENTIMOS por concepto de principal, así como los intereses moratorios pactados al cincuenta y uno punto veintiséis por ciento anual a partir del trece de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, los que deberán liquidarse en etapa de ejecución, y hasta la efectiva cancelación de la obligación; igualmente se condena al accionado al pago de las costas personales y procesales generadas con la presente demanda
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En virtud de recurso de apelación interpuesto por el demandado, conoce este Tribunal del presente proceso.
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En los procedimientos se han observado, los plazos y lasprescripciones de ley.
R. elJ.V., y,
CONSIDERANDO:
I.-
Por ser fiel reflejo de lo que informan los autos, se aprueba el elenco de hechos probados que contiene la sentencia recurrida.
II.-
Ejecutivo simple con base en certificación de contador público autorizado, desde luego para el cobro de saldos adeudados en contrato de apertura de tarjeta de crédito. El...
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