Sentencia nº 00840 de Tribunal Primero Civil, de 8 de Agosto de 2003

PonenteFrank Araya Knudsen
Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2003
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia01-101297-0183-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las ocho horasdiez minutos del ocho de agosto del año dos mil tres.

PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Desamparados, bajo el expediente número 01-101297-183-CI.Incoado por CREDOMATIC DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, representada por su apoderado general C.A.J., quien es mayor, casado, gerente, portador de la cédula de identidad número 0-000-000mil cuatrocientos veintinueve, vecino de Alajuelita, contra M.H.M.R., quien es mayor, portadora de la cédula de identidad número 0-000-000, vecina de Desamparados, y ARTURO RAMIREZ FONSECA, quien es mayor, portador de la cédula de identidad número 0-000-000, vecino de Desamparados.

RESULTANDO:

  1. -

    El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las quince horas del veintisiete de setiembre del año dos mil dos, resolvió: “POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, así como citas legales y jurisprudenciales aducidas, SE DECLARA CON LUGAR el proceso EJECUTIVO SIMPLE, establecido por CREDOMATIC DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, representada por C.A.J., contra M.H.M.R., y contra ARTURO RAMIREZ FONSECA. Se confirma el despacho de ejecución y los embargos decretados mediante el auto de las ocho horas del veintitrés de octubre de dos mil uno, ordenándose continuar con la ejecución hasta que el demandado haga cumplido pago a la actora de la suma de DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO COLONES CON NUEVE CENTIMOS, por concepto de capital e intereses moratorios del período comprendido entre el catorce al diecinueve de setiembre del año dos mil uno, más futuros. Por improcedentes se rechazan las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación ad causam activa y pasiva y ad causam procesum activa y pasiva, falta de interés actual y capacidad, así como de la genérica de sine actione agit. Se falla el asunto con las costas a cargo de los accionados.”.

  2. -

    En virtud de recurso de apelación interpuesto por losdemandados, conoce este Tribunal del presente proceso.

  3. -

    En los procedimientos se han observado, los plazos y lasprescripciones de ley.

    Redacta el J.A.K., y;

    CONSIDERANDO:

    I).-

    Del análisis efectuado al hecho que se tuviera como debidamente demostrado en la sentencia de primera instancia, se estima que el mismo deberá ser aprobado, lo anterior en vista de que el mismo viene a ser reflejo de aquellos elementos de convicción importantes que se aportaran al proceso.-

    II).-

    Tal y como lo señala el...

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