Sentencia nº 00574 de Tribunal Primero Civil, de 24 de Marzo de 2004

PonenteGerardo Parajeles Vindas
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2004
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia03-001416-0181-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora, conoce este Tribunal del auto de las catorce horas del doce de noviembre del dos mil tres, que rechaza la demanda ejecutiva porque la letra de cambio al cobro carece de indicación del librado y librador

R. elJ.P., y;CONSIDERANDO

En la resolución recurrida se rechaza la demanda ejecutiva porque la letra de cambio al cobro carece de indicación del librado y librador. Sostiene el a-quo que no se puede identificar a esas personas, todo de conformidad con los incisos c) y h) del artículo 727 del Código de Comercio. El título es omiso en los términos esgrimidos por el Juzgado, pero el accionado suscribe el documento en dos ocasiones y es evidente que lo hace en su doble condición: como librador (emitente) y librado. Se trata de una letra de cambio emitida contra el propio librador, según lo autoriza el numeral 729 del citado cuerpo de leyes. La primera firma del señor T.O.L.J., sin lugar a dudas, lo es como librador y la segunda como librado al aceptarla. Así lo ha resueltoeste Tribunal en voto número 1303-N de las 8 horas 05 minutos del 12 de noviembre del 2003: “El A-quo en la resolución recurrida, rechaza de plano la demanda ejecutiva por considerar que el documento aportado como letra de cambio carece del requisito de indicar el nombre de la persona del librador.- De eso apela la actora sosteniendo que si cumple requisito.- Revisado el documento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR