Sentencia nº 00157 de Tribunal Primero Civil, de 2 de Marzo de 2005

PonenteGerardo Rojas Schmit
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2005
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia04-100089-0197-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las siete horas cuarenta y cinco minutos del dos de marzo del año dos mil cinco.

PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puriscal, bajo el expediente número 04-100089-197-CI.Incoado por J.M.G.Q., casado una vez, tesorero municipal, vecino de Puriscal, cédula de identidad número 0-000-000un mil ciento ocho, contraSYLVIA E.C.B., cédula de identidad número 0-000-000

RESULTANDO:

  1. -

    El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las once horas del dos de noviembre del año dos mil cuatro, resolvió: “POR TANTO: En la demanda ejecutiva simple establecida por J.M.G.Q. contra S.E.C.B., se dispone lo siguiente:Se rechazan las excepciones de falta de legitimación, falta de derecho y la de inejecutividad interpuestas por la demandada.Se declara con lugar la demanda ejecutiva interpuesta, se confirma la ejecución y el embargo y se ordena continuar los procedimientos hasta que la señora S.E.C. B. cancele al actor la suma de dos millones de colones de capital y sus intereses moratorios al tipo legal a partir del vencimiento de la obligación o del momento en que la demandadaentró en mora y los futuros al mismo tipo hasta la cancelación total del principal. Son ambas costas del proceso a cargo del demandado. NOTIFIQUESE

  2. -

    En virtud de recurso de apelación interpuesto por la demandada, conoce este Tribunal del presente proceso.

  3. -

    En los procedimientos se han observado, los plazos y lasprescripciones de ley.

    R. elJ.R.S., y;

    CONSIDERANDO:

    I.-

    Se acogen los hechos que como probados enumera la sentencia recurrida, por ser fiel reflejo de lo que indican los autos, y se agrega uno más así: d) La letra de cambio se emitió el veintinueve de agosto del dos mil dos sin indicar lugar de emisión, ni consta el lugar junto al nombre del librador o librado (documento al cobro, copia f. 1).-

    II.-

    ) El presente proceso sumario ejecutivo se basa en un documento que indica letra de cambio emitida el veintinueve de agosto del dos mil dos, sin que tenga el lugar de emisión ni existe indicado junto al nombre del librador ni del librado; por dos millones de colones para pagar en agosto del dos mil tres en la cual la librada y libradora es S.E. C.B. a favor de J.M.G.Q., para pagar en Puriscal centro.- La libradora firmó pero quien firmó en renglón de librada fue el acreedor.- El actor cobra todo el capital, más intereses legales y las costas.- Se notificó el siete de julio del dos mil cuatro, según...

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