Sentencia nº 00256 de Tribunal Primero Civil, de 30 de Marzo de 2005

PonenteLaura María León Orozco
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2005
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia05-000036-0180-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso monitorio

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las ocho horas veinte minutos del treinta de marzo del año dosmil cinco.

PROCESO MONITORIO, establecido ante el Juzgado Primero Civil de Mayor Cuantía deSan J., bajo el expediente número 05-000036-180-CI.Incoado por I.M.C. otorgó poder especial judicial al licenciado R.P.T., contra J.J.H.A.

En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora, conoce este Tribunal del auto de las diez horas del treinta y uno de enero del dos mil cinco, que rechaza de plano la demanda y ordena el archivo del expediente.

Redacta la Jueza León Orozco, y;

CONSIDERANDO:

E. quo rechazó de plano la demanda monitoria. Sostiene que el proceso monitorio tiene como finalidad la creación de un título ejecutivo y en este caso, el documento que se presenta tiene fuerza ejecutiva, de manera que no es posible cobrarlo en esta vía. La parte actora recurre de esa resoluciónalegando que la letra de cambio presentada al cobro no constituye título ejecutivo porque carece de aceptación por parte del librado. Expresa que ante el Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José planteó un proceso ejecutivo simple con base en la misma letra de cambio que presenta ahora en este proceso, y que en la sentencia que se dictó en aquel juicio se declaró sin lugar la demanda porque la letra al cobro carece de aceptación por parte del...

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