Sentencia nº 00811 de Tribunal Primero Civil, de 11 de Agosto de 2006

PonenteAlvaro Hernández Aguilar
Fecha de Resolución11 de Agosto de 2006
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia02-000528-0164-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoActividad judicial no contenciosa

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las ocho horas quince minutos del once de agosto del año dos mil seis.

ACTIVIDAD JUDICIAL NO CONTENCIOSA, promovida por BANCO FEDERADO COOPERATIVO DE AHORRO Y CRÉDITO Y SERVICIOS MÚLTIPLES R.L., cédula jurídica número tres- cero cero cuatro- sesenta y seis mil noventa y siete, representado por su curador J.E.M.G., mayor, casado una vez, vecino de Alajuela, doctor en economía, cédula de identidad número 0-000-000, y por V.M.M.D.S.A., cédula jurídica tres- ciento uno- ciento cincuenta y nueve mil seiscientos ochenta, representada por su apoderado general judicial licenciado A.R. B., mayor, soltero, abogado, vecino de San José, cédula de identidad número 0-000-000, establecida ante el Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, bajo el expediente número 02-000528-164-CI.Interviene además, como fideicomitente, C.R. &O.S.A., cédula jurídica número tres- ciento uno- ciento ochenta y tres mil cuarenta y cinco, representada por su apoderado generalísimo R.O.R., mayor, casado, constructor, cédula de identidad número 0-000-000veintidós- seiscientos setenta y cuatro, vecino de C.

RESULTANDO:

  1. -

    El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las quince horas del doce de setiembre del dos mil cinco, resolvió: “POR TANTO: Razones dadas y con fundamento en los preceptos de ley referidos SE ACOGE LA SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE FIDUCIARIO HECHA POR LA JUNTA LIQUIDADORA DEL BANCO FEDERADO DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Y SERVICIOS MÚLTIPLES, R.L. -BANCO FEDERADO R.L.-.SE NOMBRA A BANCO INTERFÍN, SOCIEDAD ANÓNIMA, COMO NUEVO FIDUCIARIO A CARGO DE LOS BIENES FIDEICOMITIDOS EN EL PRESENTE FIDEICOMISO DE GARANTÍA.Apercíbese a los interesados que dentro de tercero día a partir de la firmeza de lo resuelto deberán hacer concurrir a la secretaría de este despacho a un representante de dicho banco con poderes suficientes debidamente acreditados a fin de que acepte el cargo conferido.Se rechaza la gestión de V Máxima Mil Doscientos, S.A.Sin especial condena en costas

  2. -

    En virtud de recurso de apelación interpuesto por el apoderado generalísimo del fideicomitente, conoce este Tribunal del presente proceso.

  3. -

    En los procedimientos se han observado, los plazos y lasprescripciones de ley.

    R. elJ.H.A., y;

    CONSIDERANDO:

    I.-

    Se aprueba la plataforma de eventos consignados como demostrados por ser fiel reflejo del material probatorio que le brinda sustento. A su vez el Tribunal dispone agregar el...

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