Sentencia nº 00223 de Tribunal Segundo Civil, Sección II, de 25 de Junio de 2009

PonenteJosé Rodolfo León Díaz
Fecha de Resolución25 de Junio de 2009
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección II
Número de Referencia08-000533-0678-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCIÓN SEGUNDA

San José, a las nueve horas cincuenta minutos delveinticinco de junio de dos mil nueve.-

Proceso ORDINARIO establecido en el JUZGADO CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLÁNTICA, LIMÓN, bajo el número de expediente 08-000533-678-CI, por CARIBBEAN OCEAN VIEW C.O.V. SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA; contra A.T.L. y C.G.H.P. este Tribunal de este proceso, en virtud de apelación interpuesta por el licenciado J.J.P.H. en su calidad de apoderado especial judicial del codemandado C.G.H.P., contra la resolución de las diez horas quince minutos del seis de marzo de dos mil nueve, la cual, en lo que a la inconformidad del recurrente se refiere, le ordena al apelante paralizar los trabajos que se realizan dentro del inmueble objeto de este asunto, bajo apercibimiento en caso de omisión de ser acusado por desobediencia a la autoridad.

REDACTA el J.L.D., y;

CONSIDERANDO

I.El representante de la parte actora, en escrito presentadoel 3 de marzo de este año (folio 282), solicitó lo siguiente:“Teniendo conocimiento de que el codemandado H.P., está realizando trabajos sobre el inmueble objeto de este proceso, trabajos que él mismo confiesa en sus escritos, de conformidad con lo estipulado en el numeral 242 del Código Procesal Civil, solicito se le ordene la paralización de los trabajos al ser evidente que puede causarle al derecho de la actora una lesióngrave de difícil reparación.”. En la resolución que ahora es objeto de apelación, en cuanto a lo que aquí interesa, se dispuso conceder esta medida cautelar atípica.

II.El artículo 560 del Código Procesal Civil concede el recurso de apelación contra el auto que deniegue la cancelación de una medida cautelar. El 429 del mismo cuerpo legal lo admite contra la resolución que le ponga fin a cualquier clase de medida cautelar.Por ello, en los procesos de...

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