Sentencia nº 00294 de Tribunal Segundo Civil, Sección II, de 31 de Agosto de 2009

PonenteLaura María León Orozco
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2009
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección II
Número de Referencia05-100726-0188-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado

TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCIÓN SEGUNDA

S.J., a las once horastreinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil nueve.-

Proceso ABREVIADO establecido en el JUZGADO CIVIL DE MAYOR CUANTÍA DE P.Z., bajo el número de expediente 05-100726-188-CI, por MIBREJO, SOCIEDAD ANÓNIMA, representada por su apoderado generalísimo sin límite de suma, M.B.B., sin segundo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado dos veces, ejecutivo, cédula de residencia número 175-164056-12285, vecino de San José; contra R.C.A., mayor, casado, cédula 1-616-783, vecino de kilómetro 119 de la carretera interamericana sur, La Ortensia de P..- Interviene como apoderado especial judicial del actor, el licenciado A.B.Q..-

RESULTANDO:

  1. -

    La presente demanda cuya cuantía se fijó en la suma de un millón quinientos mil colones, es para que en sentencia se declare:1. Que se declare que el uso del nombre en el Establecimiento comercial del demandado constituyen un acto de Uso Ilegítimos de Marca, en contra de mi representado por la identidad absoluta en su denominación siendo que puede inducir a error o confusión por su igualdad.- 2. Que en sentencia se obligue al demandado a cesar y abstenerse de utilizar la marca.- 3. Que se condene a la demandada al pago de Daños y P. así como al pago de ambas costas.(Sic).- A folios del 27 al 30, la parte actora específica y cuantifica los daños y perjuicios en los siguientes términos: "... Daño moral sufrido por mi representada: Mi representada ha sufrido daño moral cierto directo y de forma propia. El demandado, con sus acciones, ha menoscabado los derechos extra patrimoniales o primordiales de interés moral del actor. El uso ilegítimo de las marcas de mi representada ha lesionado intereses jurídicamente relevantes y merecedores de tutela, como lo son la imagen, buena fama y prestigio o reputación. Los anteriores, sin lugar a dudas, constituyen valores fundamentales y bienes preciados de las personas jurídicas que les permiten cohesión y proyección ante los demás personas, independientemente sin son físicas o jurídicas. El daño moral ocasionado a mi representada se manifiesta claramente, como se indicó anteriormente, en el deterioro de su imagen, prestigio y reconocimiento. Debe indicarse que precisamente de esos elementos es que el demandado se ha aprovechado para promover su propio negocio: 1. Deterioro de la Imagen de mi representado: Mi representada es propietaria del hotel VISTA DEL VALLE PLANTATION INN; establecimiento mercantil ubicado en el Rosario de Naranjo, Calle El Indio, Finca la Esperanza. Se encuentra protegido por el nombre comercial "Vista del Valle" (Valley View). Los servicios de hotelería y restaurante que se ofrecen están resguardados por la marca "Vista del Valle" (V.V.) en clase 42. Dicha información consta en el escrito de demanda presentado ante este despacho judicial el 11 de noviembre del año en curso. El 22 de noviembre de 1999, el Instituto Costarricense de Turismo realizó una inspección en el hotel de mi representada. Mediante el oficio número FOM-3761-99, con fecha del 6 de diciembre de ese mismo año, se comunicó que con base en la inspección efectuada al establecimiento denominado "Hotel Vista del Valle", se habían obtenido 337.5 puntos de un total de 500; equivalente a tres estrellas. Dicho informe constituyó el trámite previo que permitió que a partir del día 3 de agosto del 2000 y vigente hasta la fecha, se le otorgara a mi representada la declaratoria turística. La declaratoria turística es el acto mediante el cual la gerencia del ICT declara una actividad o una empresa como turística luego de cumplir con requisitos legales, técnicos y económicos. Dentro de los beneficios que se otorgan con la obtención de la declaratoria, se pueden mencionar la inclusión en los listados oficiales del ICT y la recepción de capacitación por parte del ICT. Esto garantiza una mejor calidad en los servicios ofrecidos y le permite al público consumidor seleccionar y distinguir los establecimientos comerciales que ofrecen condiciones superiores. Asimismo, mi representada cuenta con la Certificación de Sostenibilidad...

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