Sentencia nº 00295 de Tribunal Segundo Civil, Sección II, de 14 de Octubre de 2011
Ponente | José Rodolfo León Díaz |
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2011 |
Emisor | Tribunal Segundo Civil, Sección II |
Número de Referencia | 08-000086-0930-CI |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ordinario |
ExpedienteN° 08-000086-0930-CI
ACT: () E.M.M. H..
Fax N° 27-68-74-40. L.. G.A.A..
DEM: () VEHÍCULOS INTERNACIONALES VEINSA, S.A.
Fax N° 22-34-02-96 o correo electrónico:
jaimeb@artaviaybarrantes.com
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N° 295
TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCIÓN SEGUNDA.-
S.J., a las once horas del catorce de octubre de dos mil once.-
Proceso ORDINARIO establecido en el JUZGADO CIVIL DE MAYOR CUANTÍA DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, bajo el número de expediente 08-000086-0930-CI, por E.M.M.H., mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad número 0-000-000, vecina de Pococí, Limón; contra VEHÍCULOS INTERNACIONALES VEINSA, SOCIEDAD ANÓNIMA, representada por su apoderados generalísimos sin límite de suma S.A.P., mayor, cédula de identidad 0-000-000demás calidades desconocidas y G.C. G., mayor, cédula de identidad número 0-000-000demás calidades desconocidas. Intervienen como apoderados especiales judiciales de la sociedad accionada, los licenciados J.E.B.G. y J.M.R. S..-
RESULTANDO
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La presente demanda cuya cuantía se fijó en la suma de veintiún millones de colones; es para que en sentencia: 1. Se ordene a VEHÍCULOS INTERNACIONALES S.A (VEINSA) que en razón de las diversas ocasiones que ha sido necesario hacer uso de la garantía y que el concepto de garantía contemplado en el artículo 40 no se limita a exigir la reparación del bien una y otra vez, el reintegro del valor del precio y los gastos legales incurridos en la suscripción del contrato de arrendamiento financiero con Arrendadora Interfin, hoy día Scotia Leasing. 2. Que se obligue al garante VEHÍCULOS INTERNACIONALES S.A (VEINSA) a cesar las repercusiones judiciales que ha establecido o vaya a establecer Scotiabank por medio de Scotia Leasing Costa Rica S.A. contra mi persona 3. Que se obligue al garante VEHÍCULOS INTERNACIONALES S.A (VEINSA) a indemnizarme por las consecuencias de las acciones judiciales en mi contra. 4. Que se obligue a VEHÍCULOS INTERNACIONALES S.A (VEINSA) a restituirme el valor del vehículo de la garantía por vicios ocultos. 5. Que se obligue a VEHÍCULOS INTERNACIONALES S.A (VEINSA) a restituirme los gastos y costos legales ocasionados por el financiamiento del vehículo con Scotia Leasing Costa Rica S.A., así como las cuotas pagadas por concepto del crédito otorgado. 6. Se solicite al ente bancario Scotianbank certifique el detalle del los gasto de formalización de la operación crediticia a mi nombre. 7. Se solicite al ente...
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