Sentencia nº 00273 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 23 de Marzo de 2007

PonenteBarrantes Ramírez Macario
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2007
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia07-000011-0031-IJ-B

N°273-2007.-

TRIBUNAL DE LA INSPECCIONJUDICIAL.-

S.J., a las nueve horas veinticinco minutos del veintitrés de marzo del dos mil siete.-

Apelación presentada por la licenciada E.Q.M., en su condición de Defensora Pública del licenciado C.M.L., ex Fiscal Auxiliar de Guatuso, y por él mismo; contra la corrección disciplinaria de TRES DÍAS DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE SALARIO, impuesta por laFiscalía General de la República, dentro de la información Nº 52-2006(2).-

RESULTANDO:

1).-

Mediante resolución final número 361-2006 de las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del primero de diciembre del dos mil seis, la Fiscalía General de la República, en lo conducente dispuso: "... POR TANTO, por las consideraciones hechas y con fundamento en los artículos 25 inciso f) y 28 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, esta Jefatura resuelve imponerle al acusado, LIC. C.M.L., el correctivo disciplinario de SUSPENSIÓN DE 3 DÍAS, por los cargos que se le han venido atribuyendo, al considerarse como una falta de carácter grave, según los numerales 194 y 195 inciso c) de la Ley Orgánica del Poder Judicial..." (Cursiva suplida).-

2)De la anterior sanción apeló la licenciada E.Q.M., defensora pública del sancionado, y el mismo encausado; conforme a las razones expuestas en losmemoriales que rolan de folios 349 a 354y370 a 380, respectivamente.-

3)En los procedimientos se han seguido las prescripciones y términos de ley sin que se aprecien errores u omisiones que produzcan nulidades o indefensión.-

Redacta el Inspector General Judicial, licenciado B.R.; y,

CONSIDERANDO:

I.-

Examinado el elenco de hechos tenidos por probados, este Tribunal acoge los contenidos en la resolución venida en alzada, por encontrarlos ajustados al mérito de los autos; con excepción de losnumerados 8).- y 10).- por las razones que oportunamente se indicarán.-

II.-

Se procede a conocer sobre los agravios expuestos por los recurrentes, los cuales se contraen a lo siguiente: Se alega: Falta de Fundamentación, Violación a las Reglas de la Sana Crítica Racional, Inobservancia del Principio de Derivación Lógica, Violación al Principio In Dubio Pro Operario y el de Proporcionalidad.Acusa la defensora que su patrocinado en el ejercicio de su defensa material, aportó la prueba documental y testimonial que demuestran su inocencia, lo cual no fue analizado, incurriendo así en violación al debido proceso y derecho de defensa. Añade el recurso que al A Quo no explica cómo es que llega a la...

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