Sentencia nº 00032 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 17 de Enero de 2008

PonenteBarrantes Ramírez Macario
Fecha de Resolución17 de Enero de 2008
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia07-000293-0031-IJ-B

N°33-2008.-

TRIBUNAL DE LA INSPECCION JUDICIAL.-

S.J., a las catorce horas veinte minutos del diecisiete de enero del dos mil ocho.-

Queja establecida por la licenciada L.L.C., Jueza Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Desamparados contra la licenciada Y.R.P..

RESULTANDO

I- Que la Jueza Civil y Laboral de Desamparados, D.L.L.C. planteó la presente queja para que se investigue a la Jueza suplente Y.R.P., dado que en el expediente correspondiente a la demanda laboral de M.A.U. contra Comandos de Seguridad Delta Sociedad Anónima que se tramita en ese Despacho tuvo que abstenerse de dictar sentencia, toda vez que corroboró que el acta mediante la cual se documentó la diligencia de conciliación y evacuación de prueba, que fue realizada por la Licenciada R.P., estaba incompleta.

II- Que en la tramitación de este asunto se han observado las prescripciones legales y del debido proceso y que no se observan errores u omisiones que pudieren ser causa de nulidad o indefensión. R. elI.B. y;

CONSIDERANDO

ÚNICO \u0096 SOBRE EL FONDO DEL ASUNTO: Analizado que fuera con detenimiento el presente asunto, considera el Tribunal que lo procedente en la especie es la desestimación de la presente queja. Al respecto, es menester hacer ver que no es posible, partiendo de los elementos de convicción con los que se cuenta hasta este momento, a saber las manifestaciones de las...

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