Sentencia nº 00183 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 26 de Febrero de 2010

PonenteFlores Garrido Rodrigo
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2010
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia09-000610-0031-IJ-F

N° 183

TRIBUNAL DE LA INSPECCIN JUDICIAL

San José, a las quince horas treinta minutos del veintiséis de febrero del dosmil diez.

Proceso administrativo disciplinario seguido contra la licenciada A.R.M., Jueza Penal de San José, por denuncia establecida por J.A.L.

RESULTANDO:

1) Mediante resolución de las diez horas siete minutos del veintisiete de agosto del año dos mil nueve, se le dio traslado de cargos ala servidora R.M., para que se manifestara con relación a los siguientes cargos, donde se le acus: "Negligencia en el cumplimiento de sus deberes propios del cargo, al mantener activa la orden de captura contra la señora J.A.L., ordenada por resolución de las once horas treinta minutos del veintiséis de mayode dos mil ocho, dentro del proceso penalNº 03-000189-042-PE; lo que provocó que doña J.A., fuera detenida y privada de su libertad durante los días siete, ocho y nueve de febrero del año en curso de forma irregular, por cuanto la señora J., el trece de julio de dos mil ocho, había sido capturada y actualizado su domicilio, sin que a la fecha de la segunda detención, siete de febrero de dos mil nueve, hubiera ordenado dejar sin efecto la orden de captura y por consiguiente se mantenía activa en el Archivo Judicial, a pesar de habérsele solicitado así la Sección de Capturas del Organismo de Investigación Judicial, mediante Oficio Nº 0304-CAPT-2008 del catorce de julio de dos mil ocho, la cual realizó el nueve de febrero último junto con la orden de libertad de doña J.A.L.. Con el agravante de haber sido declarado con lugar el recurso de amparo Nº 09-001766-0007-CO a favor de la señoraA.L. y con condenatoria al Estado al pago de daños y perjuicios ocasionados a ésta(Cursiva suplida).

2) De los anteriores cargos se pronunció la denunciada conforme a su memorial que corre agregado en autos de folios 140 al 143, donde lo esencial de su alegato radica en que correspondía a la Jueza Penal de Turno Extraordinario, al momento de actualizar el domicilio de la encartada y disponer su libertad, realizar la labor de efectuar la comunicación de dejar sin efecto la orden de captura

3) En los procedimientos se han seguido las prescripciones y términos de ley, sin que se aprecien errores u omisiones que produzcan nulidades o indefensión.Redacta el Inspector General Judicial, licenciado F. Garrido; y

CONSIDERANDO:

I.HECHOS PROBADOS. En tal condición de importancia para la resolución del presente asunto se enlistan los siguientes: 1) El Juzgado Penal del...

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