Dictamen nº 259 de 19 de Agosto de 2014, de Ministerio de Economía, Industria y Comercio

EmisorMinisterio de Economía, Industria y Comercio

19 de agosto de 2014

C-259-2014

Señora

Geannina Dinarte Romero

Viceministra

Ministerio de Economía, Industria y Comercio

Estimada señora:

Con la aprobación de la señora Procuradora General de la República, me refiero a su oficio de fecha 11 de junio de 2014, recibido en esta Procuraduría el 13 de junio de este año, mediante el cual consulta:

“(...) Me permito solicitarle criterio sobre la integración del Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos del MEIC, en cuanto a la necesidad de que uno de sus miembros deba ser un profesional en Archivo, y no un profesional en Bibliotecología (...)”

Se adjunta el criterio de la Unidad Asesora de Asuntos Jurídicos del Ministerio en cuestión en el que se concluye:

“(...) En virtud de los razonamientos esgrimidos y normativa legal citada, considera este órgano asesor que en aplicación de los principios y finalidades de la Ley 7202 y su reglamento, la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos del MEIC, debe estar integrada por el encargado del archivo central; siendo que conforme a la normativa legal, debe ser un técnico profesional en archivo; por lo que en ausencia del mismo, la Comisión se ve imposibilitada en sesionar, esto en aplicación del principio de legalidad, el cual es claro al indicar que “La Administración Pública actuará sometida al ordenamiento jurídico y sólo podrá realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho ordenamiento” (artículos 11 de la Constitución Política y 11 de la Ley General de la Administración Pública).

Con la reciente reestructuración parcial de la Institución, oficializada por medio del Decreto Ejecutivo n° 37457, si bien el archivo central no se configura como un departamento exclusivo, ya que es parte integral del Departamento de Gestión de Información, los procesos que se deben desarrollar por las funciones del archivo central deben estar a cargo de un técnico profesional especialista en la materia. (...)”

Fondo de la Consulta.-

La Ley N° 7202, Ley del Sistema Nacional de Archivos n° 7202, vigente desde el 17 de noviembre de 1990 en su artículo 2 indica:

“(...) La presente ley y su reglamento regularán el funcionamiento de los órganos del Sistema Nacional de Archivos y de los archivos de los Poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo, y de los demás entes públicos, cada uno con personalidad jurídica y capacidad de derecho público y privado, así como de los archivos privados y particulares que...

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