Reglamento para el uso de uniforme de los funcionarios que atienden público del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, de 6 de Marzo de 2014

EmisorInstituto Nacional de Vivienda y Urbanismo

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA

Y URBANISMO

REGLAMENTO PARA EL USO DE UNIFORME DE LOS FUNCIONARIOS QUE ATIENDEN PÚBLICO

El Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, pone en conocimiento de todos los interesados que la junta directiva en sesión ordinaria Nº 6032, artículo II), Inciso 5) del 6 de marzo del 2014, acordo: Aprobar el "Reglamento para uso de uniforme de los funcionarios que atienden público Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo", el cual cita textualmente:

"REGLAMENTO PARA EL USO DE UNIFORME DE LOS

FUNCIONARIOS QUE ATIENDEN PÚBLICO

Artículo 1º-Objeto. Contribuir con la identidad e imagen institucional mejorando la apariencia y presentación personal de los funcionarios que atienden público, optimizando el servicio al cliente.

Artículo 2º-Alcance. El presente Reglamento es de acatamiento obligatorio para los funcionarios ubicados en las plataformas de servicios, cajeros, guardas, y cualquier otro funcionario que por sus funciones deba atender público y así lo disponga la Gerencia General.

Artículo 3º-Adquisición, entrega y/o reposición del uniforme:

  1. El Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) facilitará gratuitamente uniformes para los (as) funcionarios (as) que atienden público.

  2. La calidad de las telas y confección de las prendas será responsabilidad de la Institución.

  3. Al personal masculino se le entregarán cinco camisas con los siguientes colores: verde, amarillo, rayas celestes, rayas verdes y rayas azules; dos pantalones gris oscuro y dos corbatas.

  4. Al personal femenino se le entregarán cinco blusas con los siguientes colores: verde, amarillo, rayas celestes, rayas verdes y rayas azules; una falda, un pantalón y un blazer, gris oscuro las tres prendas, o dos pantalones y un blazer, según lo seleccionen.

  5. Los (as) funcionarios (as) tendrán cinco días hábiles después de entregados los uniformes para hacer cualquier reclamo en cuanto a desperfectos en las prendas o en las tallas de las mismas. El reclamo se hará por escrito ante la Jefatura inmediata y esta procederá a su traslado al Proceso de Proveeduría para que coordine con el Proveedor el arreglo y/o cambio de las prendas.

  6. Anualmente la Institución valorará la necesidad de reemplazar las prendas, así como el cambio de color o diseño del uniforme.

    Artículo 4º-Del uso y control:

  7. El uniforme deberá ser portado de lunes a viernes conforme al calendario que establezca el Proceso de Recursos Humanos, el cual se dará a conocer a cada funcionario cuando...

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